Buenas noches, leyendo la Ley Federal del Trabajo me surgieron las siguientes dudas que espero ustedes me puedan aclarar:
De acuerdo con los artículos 39-A y 39-B, nos dicen que Al término del Periodo de prueba como de la Capacitación inicial, de no acreditar competencia el trabajador, a juicio del patrón, tomando en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento en los términos de esta Ley, así como a la naturaleza de la categoría o puesto, se dará por terminada la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón.
y tomando en cuenta que dichas comisiones se forman cuando las empresas cuentan con más 50 trabajadores, no mencionando así que sucede cuando no existen dichas comisiones o que procede cuando la empresa tiene menos de 50 trabajadores
Lo que para mí abre las siguientes interrogantes:
1.- ¿Cuando la empresa tiene menos de 50 trabajadores (que no tiene comisión mixta) el patrón puede terminar las relaciones de trabajo de manera discrecional, al término de los plazos señalados anteriormente?
2.-¿De que manera se puede prevenir el abuso por parte del patrón, de este mecanismo, para que no termine las relaciones de trabajo al termino de los periodos señalados por la LFT?
3.-¿Que procedimiento debe haber para que el trabajador acredite su competencia, o en su caso para que el patrón acredite la incompetencia del trabajador?
4.-¿El patrón puede terminar las relaciones de trabajo, al termino de dichos periodos, en caso de que exista comisión mixta y que este no esté de acuerdo con el patrón?
5.-¿Que puede hacer el trabajador, cuando el patrón decide terminar la relación de trabajo al termino de dichos periodos, cuando cuenta con más de 50 trabajadores y no cuenta con Comisión Mixta obligatoria como lo marca la ley?