Les pido su ayuda porfavor para el siguiente caso: voy a pagar aguinaldos de varias personas con salario minimo, a estas por ley no les realizo retencion alguna, pero... les debo pagar subsidio al empleo?? y si asi es, sobre cual base?
El calculo lo voy a realizar segun art 113 LISR.
Gracias!
Un placer saludarte, recuerda que al ingreso por salario del mes deberás adicional el aguinaldo GRAVABLE, es decir aquél que exceda al ingreso exento que establece el art. 109 LISR fracción XI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
XI. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días,...
En este caso que hablamos de trabajadores que perciben salario mínimo, el aguinaldo estaria exento a menos de que la remuneracion por este concepto fuera mayor a treinta días.
Saludos y estoy a tus ordenes.
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.