Gracias por tu participación Luis, abundo un poco más en mi caso:
Este trabajador, ha acumulado más de 3 faltas en menos de una semana, por tanto ya ha incurrido en la causal mencionada. Existe lista de asistencia en donde todo el personal se registra y que en un momento dado seria la prueba de estas faltas. Por ejemplo del 1 al 15 se venian registrando 10 trabajadores y del 16 al 20 solo 9, a lo que voy, es que es facil comprobar que dejo se asistir, pues ese trabajador que ya no se registro es a quien se le va a rescindir.
Dado que el patron, tiene un mes para hacer valer las causales de rescision; quiero proceder, el punto es que me encuentro imposibilitado de avisarle al trabajador ya que no me es posible localizarlo x tel ni en su domicilio. Por ello, no me puedo esperar a que el trabajador aparezca para avisarle de su rescision, pues puede ser que aparezca en un mes y medio (x ejemplo) y en ese supuesto, ya no podre hacerle valida esta causal de rescisión...
Conforme al articulo que comentabamo ayer, existe la posibilidad de que la junta notifique el aviso de rescision al trabajador, pero dicha posibilidad, se dara, cuando el trabajador se niegue a recibir el aviso.
Con el afan de proteger a la empresa, quiero presentar el aviso de rescision a fin de que ellos lo notifiquen al trabajador (o se topen con el mismo problema que yo, de que no lo localizan). Lo que pretendo es que ese aviso quede depositado en la junta a fin de que:
1.- No se me pase el termino de 5 dias; pues en caso contratio, estaria consintiendo el acto y en dicho supuesto, el despido se tendria como injustitificado, con todo lo que ello conlleva.
2.- Hacer valida la causal de rescicion, dentro del plazo que dispongo como patrón.
3.- Que en un momento dado, pudiera recibir una demanda por parte del trabajador, cosa que me seria facil desvirtuar exhibiendo el aviso que presente en la junta, en tiempo, para que ellos hicieran la notificación del mismo al trabajador.
El detalle de esto es; que segun el articulo comentado:
El aviso deberá hacerse del conocimiento del trabajador, y en caso de que éste se negare a recibirlo, el patrón dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la rescisión, deberá hacerlo del conocimiento de la Junta respectiva...
En mi caso, no es tanto como que el trabajador se haya negado a recibirlo, sino que no lo localizo; por eso es que me surge la duda de como presentarlo ante la junta, con que argumento; pues no puedo localizarlo, se me ocurre que pudiera ser "ante la imposibilidad de localizarlo en su domicilio y a fin de dar cumplimiento a lo ordenado por el articulo 47 de la LFT".
Vale comentar, que tengo el contrato de trabajo, recibos de pago, lista de asistencia, y lo unico que falta es presentar el aviso de rescicion ante la junta, para asi dar por formalmente terminada la relacion laboral, y que en un momento dado, todos estos doctos en su conjuto, sirvan como prueba en dedefensa de la empresa.
Es cierto que la posibilidad de una demanda esta latente, pero con todos los elementos numerados en el párrafo anterior, seria màs facil desvirtuarla, el problema que tengo es en este ultimo eslabon de la cadena, ya que como mencione, el trabajador ha incurrido en la causal (misma que es comprobable), pero no lo puedo localizar y por tanto quiero presentar el aviso en la junta, a fin de que x la falta de esta formalidad (aviso) se me pudiera tener como despido injustificado, pero, seria valido presentarlo argumentando imposibilidad de lolcalizarlo para su entrega, ya que el articulo citado, se refiere solo a cuando el trabajador se niegue a recibirlo...
Gracias nuevamente por tus valiosos comentarios