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    liquidacion por defuncion

    13 Feb 2009 23:02 #41468 por david27
    hola buenas tardes.
    que coneptos se le tendrian que pagar a un empleado que fallecio x causas ajena a la empresa. a parte de las partes proporcioales del aguinaldo,vacaciones y prima vacacional. y en dado caso a qui se le estregaria la liquidacion.

    gracias.

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    15 Feb 2009 18:15 #41528 por Luis
    Respuesta de Luis sobre el tema Re: liquidacion por defuncion
    Hola David:

    Un placer saludarte, Si el trabajador se encontraba debidamente afiliado al IMSS no existe obligación de parte del patrón mas que de otorgar el finiquito en base al articulo 84 de la LFT:

    prima de antiguedad art 162 y 486 de la LFT
    parte proporcional de aguinaldo art 87 de la LFT
    parte proporcional vacaciones art 76 al 79de la LFT
    prima vacacional art 80 de la LFT

    Lo que es importante verificar ante la Junta quienes son los beneficiarios económicos para tal efecto y proceder a la baja del asegurado una vez que se tenga conocimiento de los hechos.

    Saludos y estoy a tus ordenes.:)

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    15 Feb 2009 21:55 #41531 por huracan
    Respuesta de huracan sobre el tema Re: liquidacion por defuncion
    david27 escribió:

    hola buenas tardes.
    que coneptos se le tendrian que pagar a un empleado que fallecio x causas ajena a la empresa. a parte de las partes proporcioales del aguinaldo,vacaciones y prima vacacional. y en dado caso a qui se le estregaria la liquidacion.

    gracias.


    La viuda y/o Beneficiarios por la muerte no profesional del trabajador, deberan acudir a la Junta de Conciliacion a realizar el tramite para que la junta le otorgue resolucion favorable de ser la BENEFICIARIA DE LOS DERECHOS LABORALES del difunto trabajador,cuando usted cuente con copia de la resolucion, debera celebrar convenio de liquidacion en terminos de los numerales 33,53 fraccion II,501,987 y 990 del Codigo Laboral.

    En el acuerdo se manifiesta lo que corresponde a la beneficiaria por concepto de las prestaciones laborales por motivo del deceso NO PROFESIONAL DEL TRABAJADOR, por supuesto que se incluyen las legales,contractuales,ordinarias y extraordinarias que en derecho le correspondan.

    A las que usted cita agregaremos los salarios devengados,las horas extras la prima de antiguedad ,por supuesto cualquier otro concepto QUE LA EMPRESA VOLUNTARIAMENTE QUIERA ENTREGAR.

    Usted debe esperar a que los BENEFICIARIOS LEGALES RECLAMEN,y que acrediten mediante resolucion de la junta QUE SON LOS LEGITIMOS BENEFICIARIOS DE LOS DERECHOS LABORALES, ESPERO HABERLO SERVIDO

    Saludos maestro lagunero , sr,lobo y gabo por aqui visitandolos para saludarlos, FELICES INFORMATIVAS

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    18 Feb 2009 20:10 #41695 por jjfarias
    Respuesta de jjfarias sobre el tema Re: liquidacion por defuncion
    Por que no son mas proactivos y finiquitan a los beneficiarios del trabajador a través de un convenio firmado y ratificado ante la JLCYA, claro esta que estos mismos acreditan legalmente que les corresponde el derecho, a través del acta de matrimonio o nacimiento correspondiente.

    Saludos

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    19 Feb 2009 01:15 #41711 por pepesoto
    Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: liquidacion por defuncion
    :side: Buenas noches. Se recomienda lo de la designacion de benefciarios legales, x aquello de que luego apareciese la viuda legitima... Es tardado el tramte, pero mas vale estar seguros de a quien se le paga y no tener que pagar doble... o triple... o...

    El Lic.

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