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    CONTRATO DE TRABAJO

    12 Mar 2009 16:37 #42893 por elizaaguilar
    tengo una empresa (p. fisica) esta haciendo contratos a los trabajadores por 6 meses en marzo empezo el segundo por 6 meses, los liquida y les vuelve a dar otro contrato por otros 6 meses, mi pregunta es:

    cuantos contratos le puede hacer para poder dar la "planta"?
    o puede seguir con puros contratos por 6 meses?

    espero me puedan ayudar

    gracias

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    12 Mar 2009 16:53 #42895 por Luis
    Respuesta de Luis sobre el tema Re: CONTRATO DE TRABAJO
    Hola Eliza:

    Un placer saludarla, en nuestra legislaciòn laboral, dichos contratos no existen, lo ideal serìa que acudiera con un abogado especialista para que acorde a las caràcteristicas del negocio elaborara el contrato correspondiente que le pueda evitar problemas en lo futuro.

    CONTRATO A PRUEBA INEXISTENCIA LEGAL DEL

    Los contratos de trabajo que se dejan a criterio del patrón calificar las aptitudes del trabajador durante un periodo determinado para otorgar o negar la contratación definitiva, o sea los llamados "a prueba", no están reconocidos en nuestra legislación laboral y deben entenderse celebrados por tiempo indefinido, al no existir causa legal que motive la limitación en su duración.

    Amparo directo 867/79. Bernabé Terán Román, 17 de marzo de 1980. cinco votos. Ponente: María Cristina Salmoran de Tamayo. Secretario Víctor Ceja Villaseñor.

    Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo 133-
    138, Quinta parte. Séptima Época. Instancia Cuarta Sala. pág. 18.

    Saludos y estoy a sus ordenes.:)

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    12 Mar 2009 17:41 #42902 por agustin flores
    Respuesta de agustin flores sobre el tema Re: CONTRATO DE TRABAJO
    Una relación de trabajo se da por el simple hecho de la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. Aunque no exista contrato la ley lo concidera como existente.(último parrafo del articulo 20 LFT)

    Artículo 20.- Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.


    Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.


    La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos.

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    12 Mar 2009 18:14 #42907 por elizaaguilar
    Respuesta de elizaaguilar sobre el tema Re: CONTRATO DE TRABAJO
    ok muchisimas gracias,

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    20 Mar 2009 14:12 #43255 por ELNUME1
    Respuesta de ELNUME1 sobre el tema Re: CONTRATO DE TRABAJO
    en realidad esta figura que usted hace no lo salva de un gran problema laboral cuando se presente, por alguno de sus trabajadores, regularice esto a la brevedad, el compañero forista le comento acudir con un especialista, y es buena idea.

    saludos.

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