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    CARECE TARJETA DE ASISTENCIA, POR SÍ SOLA......

    03 Ago 2009 16:39 #50694 por LOBOZAC
    CARECE TARJETA DE ASISTENCIA, POR SÍ SOLA, DE EFICACIA PROBATORIA PARA DEMOSTRAR QUE TRABAJADOR LABORÓ EN FECHA DE DESPIDO

    México, D. F., 8 de Julio de 2009.






    •Así lo determinó la Segunda Sala de la SCJN al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados.


    La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la tarjeta de asistencia, por sí sola, carece de eficacia probatoria para demostrar que el trabajador laboró en fecha de despido, ya que debe ir acompañada de otras pruebas que la convaliden, al tratarse de un documento privado de naturaleza imperfecta.

    Así, los ministros resolvieron una contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados que sostenían criterios distintos sobre si la tarjeta de asistencia entregada por el patrón al trabajador para llevar a cabo el control de la puntualidad y asistencia, firmada por éste último una sola vez durante el periodo correspondiente, es o no una prueba idónea y suficiente para desvirtuar la pretensión del empleado al demandar el despido injustificado en un día cierto.

    La Sala consideró que la circunstancia de haberse objetado el contenido de la tarjeta de asistencia por parte del trabajador, y no haber prosperado, no convalida la autenticidad del documento privado ofrecido por el patrón, pues es importante precisar que la impugnación de un documento privado puede ser en su alcance probatorio, o en cuanto a su autenticidad de contenido y firma.

    Estableció que cuando un trabajador, al presentar su demanda por despido injustificado argumenta que este acto se hizo de forma verbal y en un determinado día, y el patrón, a manera de excepción, ofrece como medio de prueba la tarjeta de asistencia del empleado en la que se advierte una sola firma, así como las constancias de entrada y salida del centro laboral correspondientes al día en el cual el empleado manifiesta haber sido despedido, dicha documental privada carece de eficacia probatoria plena, ya que debe ir acompañada de otras pruebas que la convaliden.


    a veces pareciera que la"ley" esta SIEMPRE de parte del trabajador.......pero si entendemos que TAMBIEN HAY EMPLEADORES "ABUSIVOS".........


    SALUDOS

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    03 Ago 2009 17:08 #50699 por gaboaranda
    Tomala mi lobo, ahi les va el mensaje a los abogados laboristas!!! para que vean como defienden el caso jejeje

    saludos

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    04 Ago 2009 11:07 #50742 por LOBOZAC
    asi es gabo......fijate que ahora que ya andamos en esos lares, .........ups, comienzo a aprender muchas cosas y sopas, ..debo estar actualizado tambien en lo legal,.......entonces andamos sobre la informacion,.........para no cajetearla como bien dices en los litigios laborales.........


    saludos

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    04 Ago 2009 11:53 #50746 por gaboaranda
    Pues adelante mi lobo y sabes que en materia de seguridad social estamos mas que puesto para ayudar!!

    saludos

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    04 Ago 2009 13:31 #50756 por Albert07
    A) Si en verdad hubo despido injustificado por parte del patrón, ésta resolución le conviene al trabajador ya que el patrón no podrá valerse solo de la TA para "comprobar" que el trabajador laboro sino que se requiere de otros elementos para convalidar dicha prueba ofrecida, es decir, no es suficiente por si sola...

    B) Si no hubo despido injustificado por parte del patrón y el trabajador esta procediendo de una manera deshonesta, el patrón deberá aportar pruebas que en conjunto para probar que no hubo despido tan es así que el trabajador laboró.

    Un medio para convalidar y hacer eficiente la TA como medio probatorio, sería por ejemplo las ordenes de trabajo.

    En mi caso, las aplico, en ellas va quien la autoriza, quien la superviza y quien la recibe (el trabajador), así como fecha y hora en que se dan.

    Otro medio más, sería elaborar actas de incio y conclusión de la jornada de labores, éstas se elaborarían por áreas de trabajo. Es decir firmaria en jefe de área, así como todos los trabajadores a quienes constaría, en un momento dado, quienes laboraron y quienes faltaron. Estas actas a su vez, una vez firmadas x los trabajadores y el jefe inmediato, serian firmadas por el gerente de la empresa, sucursal, o unidad de que se trate y se archivarían en un consecutivo.

    Parece tedioso, pero ante las circunstancias necesario implementarlo como politicia, por seguridad de la empresa y previniendo actos de mala fe de empleados, tambien de mala fé.

    Ahora, que si no se cuenta ni con TA, ordenes de trabajo ni actas de inicio y termino de labores, la ultima salida para el patrón sería negar el despido y hacer el ofrecimiento de la fuente de trabajo de buena fé, ésto con el fin, de revertir la carga de la prueba al trabajador, es decir que él deba probar su dicho...

    La info, compartida por lobo es muy útil!!!!!!! habría que ver desde el lado de quien la querramos aplicar, pues el abuso, como bien dice, puede darse tanto del lado del patrón como del trabajador.

    PD. Gracias por compartirla.

    Tienes oportunidad de escribir, corregir y mejorar tu historia todos los días...

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    04 Ago 2009 18:23 #50786 por LOBOZAC
    gracias gabo,........sé que cuando se me atore la maquina puedo contar contigo.......

    gracias alberto por tus comentarios


    saludos

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