Alex ya todo mundo de ayudo con lo de la portabilidad de nómina yo te aporto un fragmento de un articulo que salio publicado hace 1 año(si hace un año) que entro en vigor la propia:
Forma de operación:
Puede haber dos procesos de selección de cuenta por parte del trabajador:
Si la institución de crédito ordenante conviene previamente con el Patrón que el servicio de nómina no es exclusivo, entonces el trabajador podrá directamente elegir la institución de su conveniencia donde el banco ordenante deberá depositar su salario y otras prestaciones de carácter laboral, en la cuenta que el trabajador haya designado para tal efecto, en la Institución de su elección. En este caso no aplica la circular.
Cuando el Patrón deposita toda su nómina en la institución de crédito ordenante, entonces el trabajador deberá acudir al banco ordenante para solicitar la transferencia de sus recursos a cualquier sucursal del banco de su elección, bajo el siguiente procedimiento:
El banco ordenante le debe proporcionar a los clientes que lo soliciten un formato en el que se habrá de llenar únicamente lo siguiente:
a) Número de la cuenta ordenante;
b) Institución de crédito receptora,
c) CLABE de la cuenta receptora (18 dígitos) o el Número de Tarjeta de Débito (16 dígitos).
d) Los días (fecha en que el patrón normalmente hace el pago de la nómina).
Cuando los recursos estén disponibles antes de las 15:00 horas, la transferencia será el mismo día hábil. Si se depositan los recursos más tarde, el salario estará disponible al día hábil siguiente.
Ventajas de la portabilidad:
Se irá flexibilizando el convenio de servicio exclusivo de pago de nómina.
El trabajador podrá enviar su dinero producto de su salario al banco de su elección o donde ya cuente con sus cuentas adicionales;
No hay costo por este servicio;
Se impulsa la transparencia y la competencia, ya que los bancos tratarán de retener a los clientes y tendrán que ofrecer otros beneficios, dar mejor servicio y a menores costos;
Con el tiempo el trabajador se irá familiarizando del procedimiento y podrá elegir más fácilmente la que le acomode más de acuerdo al servicio, beneficios adicionales y costo.
Habrá procesos de información para los clientes sobre este procedimiento por varios medios –Internet, posters en sucursales y diarios de circulación nacional-- en los meses de enero y julio de cada año.
Tomado del árticulo: Portabilidad de nómina, por fin vigente
Fecha de publicación: 2008-10-30 www.idconline.com.mx
© 2007 DERECHOS RESERVADOS EXPANSIÓN, S.A. DE C.V.
AV. CONSTITUYENTES 956 COL. LOMAS ALTAS CP 11950, MÉXICO DF.
CONMUTADOR: (55) 9177-4100 Y (55) 9177-4300
saludos