El no pago del salario en la fecha y lugar convenido es una causa de resición de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador, y aun y que el Patron manifieste, asevere o afirme que el trabajador haya robado dinero propiedad del mismo, ya que eso compete a la Autoridad correspondiente, en este caso el M. P. investigador.
Con respecto a la renuncia habria que ver si la misma se encuentra debidamente redactada y cumple ciertos requisitos para determinarla como legal, aunque si la firma es antigua con una pericial caligrafa se puede establecer con certeza la antiguedad de la firma.
Con respecto al pagare prácticamente es aplicable por analogia de lo que comente en al párrafo anterior.
Creo que puedes negociar tu finiquito con la demanda laboral, mi consejo es que lo hagas.
Y por último para tener certeza de la procedencia de la acción laboral, seria bueno saber si firmabas recibos de nónima, si te encontrabas afiliado al IMSS, si percibías tu salario en efectivo o en deposito bancario.