...que conceptos se deben de pagar a una persona que renuncia...
Se le pagan las partes proporcionales de las prestaciones devengadas y no pagadas a la fecha de la
renuncia; entre ellas aguinaldo, vacaciones , su prima vacacional y además aquellas que tuvieran pactadas conforme al contrato de trabajo.
Dado que
la renuncia es voluntaria; es decir el trabajador es quien de manera
libre y unilateral externa su deseo de separarse de su fuente de empleo, sólo habra lugar al pago de la prima de antigüedad cuando el trabajador en cuestión haya laborado para el patrón 15 años o más. Es decir, si tiene menos de 15, el pago de la P.A. no es obligatorio.
Considerando que el
retiro es voluntario,
no hay lugar a indemnización, en virtud de que no hubo despido por parte del patrón y menos aún injustificado.
Pensando que hubiera lugar al pago de la PA, conforme a lo comentado, toma en cuenta el tope sobre el cual lo calcularas, a fin de que no pagues más de lo debido y hacer así un uso eficiente de los recursos financieros de la empresa.
Dejo este link, en relación al tema. Ver
Aquí