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    Pago de comision a empleado con sueldo base?

    07 Oct 2009 18:07 #53326 por alxs
    Hola,

    Soy nuevo en el tema y me gustria saber si alguien de ustedes me puede ayudar con lo siguiente:

    Como se pagan las comisiones de venta a un empleado que cuenta con sueldo base y el ejemplo:

    1.-Sueldo base al asesor es de 1000 pesos semanales
    2.-y vendio un libro en 600 pesos, el libro a la empresa costo 500 hay una utilidad para la empresa de 100 pesos, la primera pregunta es el asesor tiene una comision de 10%, que es lo correcto que se aplique la comision al 100% de la venta o a la utilidad?

    o como se debe de pagar la comision, y como impacta en su sueldo. que cargos tiene que aserse en los cobros de impuestos al trabajador.

    Saludos!!

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    07 Oct 2009 18:15 #53327 por Daniel_Gtz
    alxs escribió:

    Hola,

    Soy nuevo en el tema y me gustria saber si alguien de ustedes me puede ayudar con lo siguiente:

    Como se pagan las comisiones de venta a un empleado que cuenta con sueldo base y el ejemplo:

    1.-Sueldo base al asesor es de 1000 pesos semanales
    2.-y vendio un libro en 600 pesos, el libro a la empresa costo 500 hay una utilidad para la empresa de 100 pesos, la primera pregunta es el asesor tiene una comision de 10%, que es lo correcto que se aplique la comision al 100% de la venta o a la utilidad?

    o como se debe de pagar la comision, y como impacta en su sueldo. que cargos tiene que aserse en los cobros de impuestos al trabajador.

    Saludos!!


    Hola...

    Primeramente, bienllegado ...

    Ahora si.. veamos...

    Son dos preguntas. La primera va relacionada al porcentaje de comision que le debes de dar:
    alxs escribió:

    el asesor tiene una comision de 10%, que es lo correcto que se aplique la comision al 100% de la venta o a la utilidad?

    Aqui te respondo con una pregunta: Como quedaste, conveniaste, contrataste al trabajador??? Es decir, cuando se le explico al trabajador que iba a ganar sueldo mas comision... se le dijo como se le calcularia??? Al parecer no.

    A mi criterio deberia de ser el % pactado sobre la utilidad.

    Pregunta dos. Que repercusiones tiene pagar comisiones en nomina.
    alxs escribió:

    como impacta en su sueldo. que cargos tiene que aserse en los cobros de impuestos al trabajador.

    Aqui ahi que revisar la LIR en su articulo 109 para ver si esta exento o no. Esto para el impuesto.
    Para el IMSS, hay que revisar el articulo 27 de la LSS para ver si integrable al salario o no.

    Que te parece si empezamos con eso???

    Revisa los articulos mencionados y le seguimos..

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    07 Oct 2009 18:46 #53329 por Alberto FC
    Considerando que el sueldo del trabajador se compone de; una parte fija y una parte variable; estas ante un salario mixto.

    El fijo, como su nombre lo índica, no esta en función de desempeño.
    El variable, en este caso, está en función del desempeño.

    Desde el primer momento es importante definir la BASE sobre la que se calculara la parte variable (comisiones), a fin de evitar confusiones tanto internos (con tu trabajador), como externos (con autoridades fiscales).

    Tú debes evaluar el impacto financiero que esto tendrá para la empresa, pues es esta quien al final de cuentas hara la erogación de todo concépto monetario.

    Propones 2 esquemas, a una comisión de 10%

    1.- Comisión calculada sobre la venta.
    2.- Comisión calculada sobre la utilidad.

    Por la venta de un libro de $ 600, conforme al primer esquema te representa una comision de $ 60.00, conforme al segundo $ 10.00.

    Conforme al primer esquema estas siendo demasiado bondadoso para el trabajador, pero no tanto para la empresa. Conforme al segundo, lo contrario.

    Cabe mencionar, que al ser bondadoso con el trabajador, traé aparejado ser bondadoso con las autoridades fiscales, pues a medida que las percepciones del trabajador aumentan, aumentan también las cargas impositivas (ISR, IMSS, INFONAVIT, ISN).

    Aunado a esto, también estan las prestaciones laborales, pues estas también reconocen el efectos de las percepciones variables.

    Es decir, antes de aplicar uno u otro esquema; toma en cuenta las consecuencias mencionadas en los 2 párrafos que anteceden. Esto, pues puede llegar el caso de que si el trabajador es demasiado productivo sus comisiones se eleven, y aún cuando el tenga la percepción de que recibirá una cantidad "X" al momento de recibir su pago no sea lo que esperaba, pues como concecuencia de las percepciones altas, éstas se han erocionado con el efecto del ISR e IMSS. Es decir, psicológicamente puede tener un efecto contradictorio en la percepción del trabajador.

    Conocí el caso de un trabajador que dijo, ahora no pagarle las comisiones, pues el importe de estes le era menguado mediante el efecto impositivo.

    No es factible recomendarte te inclines por uno u otro de ellos, dado que ello dependerá entre otros factores, de los siguientes:

    a) El volúmen de ventas.
    b) El horario de trabajo.
    c) La temporada.

    Importante es que antes de decidirte por uno u otro, verifiques estos puntos, pues a partir de que apliques uno u otro, éste se vuelve pacto entre las partes, por ende no podrás variarlo tu como empresa de forma unilateral, dado los riesgos que ello conlleva.

    Pudes incluso, una vez evaluados los incisos a), b) y c), hacer una mezcla de ambos esquemas, por ejemplo una comisión del 5% sobre la ventas o una comision del 30% sobre las utilidades, que a nivel de pesos (segun el ejemplo del libro de los $ 600.00) es exactamente lo mismo, es decir te representa comisiones de $ 30.00, pero ojo, pues la percepción del trabajador no será la misma que le digas, te doy el 5% sobre... a que le digas te doy el 30% de...

    Evalúa las repercuciones antes de aplicar uno u otro, pues como dije, lo que acuerden se convierte en Ley y de aplicación irrevocable.

    Por otro lado, puedes definir la comisión hasta un cierto tope de ventas, a fin de no aumentar la carga financiera (comisiones+ISR+IMSS+etc...), sino que una vez rebasado ese tope, le des otro tipo de estímulo, por ejemplo: Hasta la venta de X cantidad de libros tu comisión derá de tanto, a partir de tantos otra y así susecivamente.

    En el último de los casos, pon tu comisión estandar (en x porcentaje y hasta cierta cantidad y si se rebasa ese tope, concédele 1 día de descanso o 1/2 u otra facilidad o apoyo similar que también pueden estimular y que no te representan ninguna carga adicional para la empresa en términos financieros, léase, por irse a descansar el trabajador 1 o 1/2 día no debes pagar más salario (comisiones), ni las consecuentes cargas fiscales...Dicho en términos llanos, es como un pago a lo Chino.

    Evalúa las consecuencias (económicas) antes de implementar.

    Saludos.

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    07 Oct 2009 18:58 #53330 por Daniel_Gtz
    Por Cierto...

    Viendo el comentario de Alberth, seria conveniente que a lo que llegues lo dejes plasmado en el contrato de trabajo, o bien en algun otro documento para a mediano o largo plazo evitar confusiones.

    Igual, y lo podriamos ver en otro post para no revolver.

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    07 Oct 2009 19:27 #53338 por MISTICO
    alxs escribió:

    Hola,

    Soy nuevo en el tema y me gustria saber si alguien de ustedes me puede ayudar con lo siguiente:

    Como se pagan las comisiones de venta a un empleado que cuenta con sueldo base y el ejemplo:

    1.-Sueldo base al asesor es de 1000 pesos semanales
    2.-y vendio un libro en 600 pesos, el libro a la empresa costo 500 hay una utilidad para la empresa de 100 pesos, la primera pregunta es el asesor tiene una comision de 10%, que es lo correcto que se aplique la comision al 100% de la venta o a la utilidad?

    o como se debe de pagar la comision, y como impacta en su sueldo. que cargos tiene que aserse en los cobros de impuestos al trabajador.

    Saludos!!


    LA MISTICA

    Para que usted deje de ser algún día NUEVO, necesariamente tendrá que estudiar las leyes en que se sustenta la respuesta a su pregunta.

    Por eso le pido por favor una lectura a los siguiente numerales, después de ese paso platicamos, si existen dudas en lo que debe de interpretar de las Leyes.

    L. F. T. 82 al 84, 285 al 291

    L. S. S. 5ª-XVIII, 27, 28,30 Y 34

    Si yo le transcribo las Leyes, nunca aprenderá y cuando alguien le pregunte, ¿Dónde dices que dice? Usted no tendrá los elementos para responder

    PD. Con toda la intención del mundo no le señalo numerales de la LISR ni de la LINF, primero el uno y después el dos

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