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    Vacaciones con sueldo MIxto

    28 Ene 2010 10:46 #57277 por Blanco021
    BUen dia mis estimados..


    Me surge una duda al pagar las vacaciones del personal con percepciones mixtas.

    El art 84 de la LFT no menciona lo siguiente....El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

    Ahora bien dado que el trabajador tiene de sueldo diario $100.00 y de percepciones variables $60.00, el sueldo a tomar de las vacaciones es $160.00.

    Pero ahora bien en el calculode la nomina aparce en percepciones 8 dias de vac $1,280.00 y en deducciones solo $800.00.

    mi pregunta en si es dbo ajustar el importe de las ducciones para igualar los $1,280.00 o no.

    en punto de vista pero sin fundamento es que la percepcion variable solo serviria para pagar la prima vacacional pero en vacaciones debo de ajustar las deduccions.... estare en lo correcto


    Saludos..

    si quieres ser sabio, aprende a interrogar razonablemente, a escuchar con atencion, a responder serenamente y a callar cuando no tengas nada que decir..\\\\\\\"Aristóreles\\\\\\\"

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    29 Ene 2010 08:42 #57324 por Luis
    Respuesta de Luis sobre el tema Re: Vacaciones con sueldo MIxto
    Hola Blanco:

    Un placer saludarte, recuerda que tal como lo indicas las vacaciones son pagadas sobre la base del sueldo diario asi como la prima vacacional (art 81 LFT) y si hablamos de trabajadores que no son de los que se encuentran estipulados en el artìculo 285 LFT,serà el SUELDO DIARIO estipulado en su contrato. En lo que respecta a Agentes de comercios, vendedores, impulsores de ventas, etc,señalados en el articulo anterior, a ellos para determinar el monto del salario diario se tomara como base el promedio que resulte de los salarios del ùltimo año o del total de los percibidos si el trabajador no cumplio un año de servicio.(Art.289 LFT).

    Ojala esta informaciòn te sea de utilidad.

    Saludos y estoy a tus ordenes. :)

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    29 Ene 2010 11:54 #57341 por Blanco021
    Respuesta de Blanco021 sobre el tema Re: Vacaciones con sueldo MIxto
    Hola luis

    Primero que nada agracias por atender mi duda.


    Concretamente el trabajador tiene el puesto de ayudante de ventas al cual se le da una comision por producto dejado, por tal motivo entra en el supuesto del art 285 LFT.

    Ya lei los articulos que me mencionas pero sigo con la duda que si le debo de ajustar las vacaciones.

    A ver si me explico bien

    El trabajador gana diario $100.00
    pero tiene un promedio de comisiones de $60.00
    El sueldo que tomare para las Vacaciones es de $160.00

    ahora bien si al trabajador la pago 8 dias de vacaciones por su primer año trabajado quedaria d la iquiente manera

    percepcion deduccion
    Vacaciones $1,280.00, ¿ ?
    Vacaciones disfrutadas en deduciones seria solo el importe del sueldo fijo o del sueldo fijo mas el de la comisiones.

    eh ahi donde no acabo de entender, lo mas seguro es que heche mucho rollo, pero espeo y me de a entender.


    Saludos

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    29 Ene 2010 13:13 #57349 por Luis
    Respuesta de Luis sobre el tema Re: Vacaciones con sueldo MIxto
    Hola Blanco:

    Un placer saludarte, recuerda que en todos los casos se pagarà sobre el sueldo diario, en el caso de los agentes de comercio que establece el art.285 LFT, debes tomar para efectos de dicho càlculo, el promedio de los salarios (art. 84)del ultimo año y con ello aplicarlo, es la misma base que se utiliza para el pago del aguinaldo de este tipo de trabajadores, lo que si es aconsejable, el revisar si el contrato que se tiene con esta persona esta debidamente sustentado para evitar problemas en lo futuro.

    Saludos y estoy a tus ordenes. :)

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    01 Mar 2010 16:46 #58405 por Contadoranonimo
    Totalmente fuera de tiempo, pues acabo de ver el tópico y entré a ver de que se trata.

    Sin embargo, mi sugerencia es la siguiente

    La percepción a pagar si es la correspondiente a 160 pesos por el número de días, pues debes tomar el total de percepciones para sacar tus promedios. Si ya llegaste como dices a la conclusión de que son 100 base y 60 complementarios, tu cálculo de pago está en lo justo.

    La deducción, si te refieres a la que el patrón pueda hacer en su empresa, es la totalidad de lo pagado.

    Para lo que te afecta el tener sueldo base y adicionales, es para los cálculos de la integración para IMSS e INFONAVIT, pero de eso no manifiestas dudas.

    El manejo de los salarios mixtos se ha dejado mucho a un lado, pero entendido su manejo en forma adecuada, resuelve con facilidad la disyuntiva de como compensar los mejores resultados del trabajo de los empleados y parece que ustedes lo están haciendo bien.

    Como último, si se efectuara una liquidación del trabajador, desde luego que el salario a considerar sería la acumulación del sueldo base y las percepciones adicionales, pues insisto en que el dividir el salario solo es útil para los efectos de contribuir al IMSS e INFONAVIT, pero no para reducir los derechos del trabajador

    Saludos nuevos, para una consulta no tan nueva

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    01 Mar 2010 17:03 #58408 por Alberto FC
    Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Vacaciones con sueldo MIxto
    Blanco021 escribió:


    ...en el calculo de la nomina aparce en percepciones 8 dias de vac $1,280.00 y en deducciones solo $800.00.

    mi pregunta en si es dbo ajustar el importe de las ducciones para igualar los $1,280.00 o no.


    Sí debes ajustar.

    Dado que las vacaciones no se pagan, sino se disfrutan.

    La intención de mencionarlas dentro de las percepciones es dejar constancia precisamente de su otorgamiento.

    La intención de que la deducción sea igual que la percepción (en cuanto al concépto de vacaciones) es "revertir" la cantidad anotada como percepción por dicho concépto, de tal manera que la percepción menos la deducción, ambas identificadas como vacaciones, sea igual a "0".

    Por estas razons es que ambas cantidades deben ser iguales para que al aplicar la deducción a la percepción el resultado sea "0", se no ser "0" se entendería que el trabajador esta teniendo otra percepción...

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