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    Enfermedad Profesional

    07 Mar 2011 16:12 #69758 por tina
    buenas tardes tengan todos los foristas.

    Me pueden asesorar al respecto un trabajador viene y me dice que va a reclamar una pensión segun el que por que el tiempo que trabajo con nosotros ya no escuvha bien, el trabajaba conduciendo un pipa, segun dice que va a reclamar pension auditiva, ahora bien el trabajo para nosotros de marzo al mes de agosto del 2010, se le dio Seguro Social, pero nunca fue atenderse al seguro por este problema, ¿puede el reclamar estre problema y que consecuencias traeria para nosotros?

    De antemano gracias por su ayuda.

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    07 Mar 2011 16:34 #69760 por Contribuyente
    Respuesta de Contribuyente sobre el tema Re: Enfermedad Profesional
    Buenas tarde tina.

    El trabajador está en todo su derecho de reclamar lo que quiera y el patrón tiene la obligación de recibir la reclamación. El asunto es si está justificado legalmente el que le reclame a dicho patrón, lo cual con lo que expone, parecería improcedente, pues es el IMSS quien suple las obligaciones del patrón al tener asegurados a sus trabajadores.

    Yo sugiero que deje que el trabajador haga lo que deseé y que, en su momento y con los datos completos del caso, se turne a algún consultor legal que tenga la empresa, para dar debida respuesta a lo solicitado.

    El que el trabajador no acuda (o lo haga) al seguro social, no está dentro de las facultades del patrón el reclamarlo, pero si tuvo la oportunidad y no lo hizo... él y solo él sufrirá las consecuencias. El patrón no tiene obligación si cumple con asegurarlo con "todas las de la ley".

    Esperemos seguimiento para ver en que concluye este asunto.

    Hasta luego

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    08 Mar 2011 22:36 #69784 por pepesoto
    Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: Enfermedad Profesional
    :side: Hola, qué tal. El trabajador no puede reclamarle nada al patrón. El trabajador debe acudir al imss y hacer los trámites que considere en su favor.

    El Lic.

    B)

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    04 Dic 2014 16:24 - 04 Dic 2014 16:40 #99540 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema Enfermedad Profesional
    El trabajador pudiera hacer efectivo su reclamo al patrón en todo momento. El patrón, si lo inscribió en el seguro, lo remita al IMSS a atenderse, ahí le asistirán por sus reclamos. En caso de alguna pensión, bueno que haga su trámite, pero si no se atiende, no sabrán determinársela y debe sobrepasar cierto porcentaje de incapacidad física para que se la otorguen. Además quizás con algún aparato le pudiera apoyar para que vuelva a escuchar.

    Que considere que el reclamo, sí procede y que sea de la manera anticipada, es por las siguientes razones: 1o El trabajador se subordinó al patrón, ambos deben solucionar este problema, además el patrón debe conocer del problema de salud de su trabajador, para ver la manera de cómo solucionar las ausencias del trabajador, ambos deben coordinarse y procurarse. 2o. ambas partes son personas, deben procurarse como personas humanas, fomentar un apego social. No son máquinas o cada quien hace lo que quisieran, continúan "unidos en matrimonio", por el contrato laboral.

    Las consecuencias se eliminan con el procedimiento antes comentado.

    Mire qué pasa cuándo si hubiere consecuencias:

    Por otra parte, si el patrón no lo inscribió en el IMSS, el reclamo pudiera realizarse más enérgicamente con una interposición de una demanda laboral ante la Junta. Si hubiera alguna pensión en el laudo deberán fincársele las responsabilidades económicas y los resarcimientos por daños y perjuicios.

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