Despidieron injustificadamente a un trabajador que aun NO cumple un año laborando con nosotros, acaba de cumplir apenas 5 meses.
Yo sé que cuando se despide injustificadamente a un trabajador se le debe pagar los 3 meses de salario, 20 días por año de trabajo y 12 días por año de servicios, además de su prima vacacional y aguinaldo.
Mi duda es la siguiente: ¿le debo pagar las PARTES PROPORCIONALES de todos estos conceptos? ¿Se le deben pagar completos aunque no tengan cumplido el año? o ¿No tienen derecho a ellos por no tener un año de trabajo?
Lei un tema anterior donde se están refiriendo en la respuesta a un trabajador de tiempo DETERMINADO de trabajo pero en este caso me refiero a un trabajador de tiempo INDETERMINADO de trabajo. De ahi que sigo teniendo mi duda.
Solamente procede el pago de los 3 meses de sueldo.
El pago de la prima de antiguedad es por año cumplido de acuerdo a la LFT, aunque hay una jurisprudencia que señala que se le paga partes proporcionales, si mal no recuerdo, eso solo aplica si el trabajador demanda.
Mas las partes proporcionales de Vacaciones, prima Vac. y Aguinaldo.