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Buenas tardes a todos los Foristas!!
Ten un conocido el cual trabajo en una Funeraria su horario de trabajo era por la noche, quiere saber si tiene derecho a que se le pague la prima dominical.
¿tiene derecho a la prima dominical si su hora de entrada era a las 9 de la noche y salia el dia lunes a las 6:00 am del dia lunes? Entraba el domingo en la noche??? es el tercer turno del domingo??? si le corresponde.
¿si tueviera derecho al pago de esta por cuanto tiempo puede reclamarle , el duro trabajando 10 años? Por 10 años no reclamo ese derecho??? ya no trabaja??? lo van a correr?? se salio??? O solo es una queja??? Si no me equivoco, si el patron no le ha pagado primas dominicales y este no tiene forma de comprobar que el trabajador no pago las primas dominicales, puede poner una queja en la JCyA. Ellos mandaran por el patron, y este tendra que demostrar lo contrario. Si no puede, la junta determinara la cantidad de primas dominicales que le deben al trabajador, y el patron se vera obligado a pagar.
de antemano agradezco su valiosa ayuda!
Gracias
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