Hola Sartre:
Un placer saludarte, ya Contribuyente lo señalò claramente, lo que preocupa es la validez de dichos contratos, es decir, son validos por el tiempo que sean necesarios, el problema es probar en caso de una demanda laboral la justificacion de la temporalidad del mismo:
CAPITULO II Ley Federal de Trabajo.
Duración de las relaciones de trabajo
Artículo 35.- Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
Artículo 37.- El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los caso siguientes:
I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y
III. En los demás casos previstos por esta Ley.
Artículo 39.- Si vencido el término que se hubiese fijado subsiste la materia del trabajo, la relación quedará prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia.
En sentido estricto,èste tipo de contrato no requieren renuncia al tèrmino del mismo, por el simple hecho de que tienen una duraciòn, el problema es justificar la necesidad de dicha condiciòn:
CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINDADO, DEBE ESTABLECERSE CON PRECISIÒN SU CAUSA MOTIVADORA. Para estimar justificable la contratacion por tiempo determinado, es indispensable que en el docmuento en el que se establecen las condiciones acorde a las cuales debe desarrollarse el vìnculo laboral, se establezca de manera CLARA LA CAUSA MOTIVADOR DE LA TEMPORALIDAD DE LA CONTRATACION, porque de no ser asì, dicho contrato debe estimarse encuadrado dentro de la regla general de duraciòn ilimitada.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO AMPARO DIRECTO 561/92
Ojala que dichos contratos hayan sido elaborados por expertos abogados en materia laboral ya que cualquier trabajador que sienta que se estàn violentando sus derechos puede crearle problemas en lo futuro al patròn.
Saludos y estoy a tus ordenes