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    Reinstalación

    29 May 2012 15:36 #81316 por jdiaz
    Respuesta de jdiaz sobre el tema Re: Reinstalación
    Muchas gracias por sus comentarios.

    y si solamente lo reinstalo que contras tendria esto?

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    30 May 2012 09:41 #81327 por Luis
    Respuesta de Luis sobre el tema Re: Reinstalación
    Hola jdìaz:

    Un placer saludarte, coincido con los foristas Blanco y el Buen Daniel, es necesario que acudas de manera urgente con un especialista en lo laboral, ya que señalas que fue separado de la empresa aunque no indicas en que tèrminos fue esto, y por otra parte es importante el contrato de trabajo para ver posibles causales y lo establecido sobre las condiciones de trabajo, ya que puede ocasionarte problemas si no llegan a un acuerdo, ojalà se pueda resolver vìa negociaciòn, de todas maneras estoy a tus ordenes. Saludos.

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    31 May 2012 01:07 #81335 por pepesoto
    Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: Reinstalación
    :ohmy: Buenas noches. Diaz dice que ya está en la junta. Y su abogado qué ha hecho..?? Abusados con la reinstalación, porque se debe dar en los mismos términos en que se estaba dando la relación de trabajo. Insisto: Y su abogado..??





    .

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    02 Ene 2015 18:54 - 02 Ene 2015 19:00 #99988 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema Reinstalación
    Si por faltar en ocasiones no es posible rescindirles el contrato.

    Por falta de productividad no esta determinado aun en LFT una rescision laboral

    Si lo despiden, deberan de indemnizarlo obligatoriamente.

    Por esta razon lo estan reinstalando y sirve que sigue el estira y afloja. Si es conchudo el trabajador, pues podra seguir trabajando al mínimo de su productividad o incluso haría muy mal su trabajo.

    Si no tiene antiguedad importante, convendria liquidarlo de inmediato que estar regateando dinero que se lo estan regalando mientras se deciden en negociar a que se vaya. Los tiempos de salarios perdidos, ni modo que no se los paguen. En el momento que los dejen de cubrir, mas rapido se pronunciaria por una rescision en favor de él mismo, el trabajador.

    De escogerse por la reinstalacion se daria en los terminos del contrato laboral. Si a el no se tenia indicado el automovil, pues no se le otorgaria, pero tambien el contrato debe indicar que funciones pudiera desarollar, si lo pudieran cambiar de departamento de sucursal, es decir todas las condiciones de trabajo. De no tenerse estipulada las funciones, es punto en contra del patron. Debe respetarle exactamente su puesto como lo tenia con todo y automovil pues es su herramienta para desempeñar ese puesto y por no precisar el patron cuales serian sus condiciones de trabajo. Pero el vehiculo lo pudiera dejar en la compañia o en lugar que se lo designe. Es una herramienta de trabajo. No es para su empleo personal.

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