Estimados foristas antes que nada reciban un cordial saludo,seguir felicitando a este portal que nos ha servido de mucho en algun momento a todos nosotros, acudo a ustedes para saber su opinion respecto a una cláusula de un contrato firmado con Radiomóvil Dipsa SA de CV, en el cual estoy sujeto a un contrato por plazo forzoso que se vence el día 14 de abril de 2011, y el cual deseo cancelarlo de manera definitiva. Revisando el contrato y apegándome a él, en su cláusula Tercera, la cual textualmente dice asi:
Tercera.- Plazo: El presente contrato podrá estar sujeto a un plazo forzoso o a una vigencia indefinida.
En su caso, una vez concluido el plazo forzoso el Contrato se entenderá automáticamente prorrogado en forma indefinida. Así mismo al concluir el plazo forzoso, el Cliente podrá solicitar en Cualquier Centro de Atención a Clientes (Telcel) y por escrito, la Terminación del Contrato con cuando menos 30 (treinta) días naturales de anticipación.
Para lo cuál yo interpreto que si no acudo antes de los 30 días anteriores a la fecha de vencimiento del contrato este se prorrogará de forma indefinida trayendo nuevas obligaciones, para lo cual a partir de que se venza mi contrato como lo comente el 14 de abril, yo ya no quiero seguir con ese contrato.
Espero contar con su apoyo o alguien experto en este tipo de temas pueda corregirme o bien corroborar la forma en que lo estoy interpretando.
De antemano muchas gracias a todos y que tengan un excelente día.