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    Detiene Hacienda reportes anuales

    12 Jun 2007 14:50 #10513 por Marhiogym

    EL NORTE
    Detiene Hacienda reportes anuales

    Por
    Dayna Meré

    MÉXICO.- Las grandes empresas extranjeras, sobre todo aquellas que operan en México pero cotizan en la bolsa estadounidense, no han podido entregar sus reportes anuales al mercado de valores por culpa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    La dependencia aún no define si los estímulos fiscales que concede a la iniciativa privada por invertir en tecnología representan o no un ingreso.

    De considerarlos como tal, las compañías involucradas estarán obligadas a reportarlo y pagar 28 por ciento como tasa de ISR sobre el mismo, lo que les reducirá el beneficio del incentivo, destacaron analistas y firmas involucradas.

    Además tendrán que pagar un 10 por ciento adicional de PTU, destacó Herbert Bettinger, socio director jurídico de Ernst & Young.

    Por ahora, las empresas están a la espera de lo que determine Hacienda, sin embargo, ya contemplan la posibilidad de solicitar a la dependencia una consulta para preguntar si considerarán o no estos estímulos como acumulables.

    Fuentes de la Secretaría de Hacienda mencionaron que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no ha planteado cambiar la redacción de este artículo.

    No obstante, reconocieron que valdría la pena que se simplificara, con el fin de que en la propia norma que crea el estímulo se señale si es o no acumulable.

    Bettinger explicó que esta indefinición por parte del SAT afecta a las empresas estadounidenses que tienen sucursales en México, ya que tienen hasta el último día de este mes para presentar su reporte llamado FIN 48.

    Este formato es para dar a conocer a los inversionistas si tienen alguna acción que pueda terminar en un litigio, si han tenido algún problema financiero o si tienen alguna contingencia de naturaleza fiscal.

    \"Actualmente, como no saben si los estímulos son o no acumulables, las empresas no saben si están presentando la forma FIN 48 bien requisitada o no, porque si están debiendo porque no han acumulado los estímulos fiscales, evidentemente sí traen una contingencia\", explicó el fiscalista.

    Bettinguer añadió que las empresas de este tipo invierten grandes sumas en proyectos de investigación y desarrollo de tecnología, por lo que cada día que pasa es más urgente la definición de Hacienda en este tema.

    Añadió que si se apela a la interpretación de la Ley del ISR, el artículo 17 señala que todo es considerado un ingreso acumulable, y dado que el artículo 219 no dice que no lo es, por tanto sí se considera un ingreso acumulable, pero la autoridad tendrá que aclararlo.

    Qué apoyan

    Para otorgar estímulos fiscales, el SAT se considera como investigación y desarrollo de tecnología:

    - Gastos e inversiones en territorio nacional.

    - Aquellos destinados directa y exclusivamente a la ejecución de proyectos propios del contribuyente.

    - Los proyectos que se encuentren dirigidos al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción.

    - Proyectos que representen un avance científico o tecnológico.

    Fuente: Artículo 219 de la Ley del ISR.

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