Declararán IVA en 2008 personas físicas
Alicia Díaz
(20 julio 2007).- Las personas físicas que realizan actividades empresariales o perciben ingresos por honorarios o arrendamiento, deberán presentar la declaración informativa de IVA a partir del 2008, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La dependencia que dirige José María Zubiría precisó que por el el ejercicio del 2007 se tendrá por cumplida esta obligación, cuando los contribuyentes presenten la declaración informativa de proveedores.
\"Próximamente, a través de Reglas de Carácter General, se darán a conocer el calendario y el formato para que a partir del 2008 las personas físicas cumplan con la presentación de la declaración informativa de IVA\", informó el SAT a través de su portal de internet.
Agregó que todas las personas físicas que realicen durante este año actividades gravadas o exentas de IVA deberán presentar una declaración informativa de operaciones con terceros para reportar los montos cobrados o retenidos de impuesto, de acuerdo con el artículo 32 de la ley del IVA.
Gonzalo Ávila, especialista fiscal, explicó que esta obligación aplica para quienes perciban honorarios, venden o rentan bienes inmuebles, o realizan actividades empresariales.
Precisó que incluso las personas físicas que realicen un acto accidental gravado o exento de IVA, como es la venta de un edificio, deberá presentar esta informativa, aunque sea por única vez.
\"El artículo 32 de la ley del IVA señala que todos los contribuyentes que realicen actos o actividades gravadas o exentas deben presentar la declaración informativa de operaciones con terceros de IVA, por eso, los doctores, aunque tengan operaciones exentas, deberán cumplir con esta obligación\".
Las personas morales presentarán la primera declaración informativa en septiembre, lo correspondiente al primer semestre del año.
Pero si utilizan el formato simplificado, la información de los primeros seis meses del año la deberán de reportar en julio.
El socio del área fiscal del despacho Elizondo Cantú precisó que que el Código Fiscal de la Federación establece una multa que va de 7 mil 500 a 15 mil 500 pesos a quienes omitan la presentación.
Agregó que esta nueva obligación va a generar una carga administrativa mayor a las personas físicas porque implicará desglosar en el reporte informativo la información contenida en los comprobantes fiscales.
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