Este día el Diario Oficial de la Federación publica diversos modificaciones al Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al valor Agregado y el Impuesto Especial de Producción y Servicios.
Sobre la deducibilidad fiscal de la gasolina señala que las autoridades fiscales resolverán las solicitudes de autorización para liberar de la obligación de pagar las erogaciones con cheques nominativos, tarjetas de crédito, de débito, de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el SAT.
Los pagos efectuados a proveedores se realicen en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios bancarios, con grados de aislamiento del proveedor respecto de los lugares en los que hubiera servicios bancarios, así como la regularidad con que visita o puede visitar los citados lugares y los medios o infraestructura de transporte disponibles para realizar dichas visitas. Para ello, el contribuyente deberá aportar los elementos de prueba conducentes.
La vigencia de las autorizaciones se circunscribirá al ejercicio fiscal de su emisión y las autorizaciones serán revisadas anualmente. También se habla del costo de lo venido, entre otros aspectos.
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
Reglamento de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
Circular S-18.2.2, mediante la cual se emiten las disposiciones de carácter general sobre notas a los estados financieros anuales de las instituciones de seguros
Circular CONSAR 07-14, Modificaciones a las Reglas Generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR para el registro de trabajadores