EL NORTE
Pega IETU a renteros
Pagarán hasta 344% más de impuestos en el 2008 quienes renten inmuebles
Alicia Díaz
Monterrey, México (26 diciembre 2007).- Las personas físicas que perciben ingresos por la renta de una propiedad se perfilan para ser las más afectadas con la entrada en vigor del Impuesto Empresarial a Tasa Única en el 2008.
De acuerdo con un ejercicio realizado por Grupo REFORMA, una persona física que arrienda un bien inmueble con ingresos de 60 mil pesos anuales 5 mil mensuales pagará 344 por ciento más de impuestos el próximo año.
Actualmente, por el ejercicio del 2007 este contribuyente deberá pagar un total de 2 mil 229 pesos de Impuesto Sobre la Renta, al aplicar la \"deducción ciega\" que ofrece la Ley del ISR, y que permite deducir 35 por ciento sin comprobar.
Pero, al entrar en vigor el nuevo impuesto desde enero, el pago se disparará a 9 mil 900 pesos manteniendo el mismo precio de renta, al tocarle pagar el IETU.
Los contribuyentes deben calcular los dos impuestos y pagar el que resulte más alto. El IETU será más gravoso porque no incluye la \"deducción ciega\" para los arrendadores.
Además, Raúl Montemayor Cárdenas, fiscalista del despacho Freyssinier Morín, explicó que la Ley del ISR permite a los arrendadores incluir como gasto el pago del impuesto predial, aunque hayan aplicado la \"deducción ciega\".
El también fiscalista Juan Carlos Pérez Góngora explicó que el impacto para los arrendadores podría ser mayor al estimado en este ejemplo, debido a que el IETU tampoco permite aplicar, en la declaración anual, las deducciones personales que permite el ISR, como gastos médicos, funerales e intereses hipotecarios.
El IETU, dijo, no cumple con el principio de proporcionalidad tributaria que marca la Constitución, porque en lugar de aplicar una tarifa progresiva como en el ISR, prevé una tasa fija del 16.5 por ciento para todos los contribuyentes, sin importar el monto de ingresos.
\"Por esa razón\", expresó, \"en el ISR siempre ha existido una tarifa que es progresiva, y en la medida que percibe un mayor ingreso la persona, es mayor el porcentaje que se paga, mientras que el IETU aplica una tasa fija\".
José Luis Elizondo, especialista fiscal, dijo que, para que el IETU no las impacte, las personas físicas que rentan bienes inmuebles y que toman la \"deducción ciega\" deberán realizar inversiones.
Indicó que en las compras de bienes inmuebles, autos, maquinaria y equipo podrán depreciarse en los porcentajes que marca la Ley del ISR, pero con la ventaja de que podrán deducirse al 100 por ciento con el IETU.
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Pega IETU a renteros
Pagarán hasta 344% más de impuestos en el 2008 quienes renten inmuebles
Alicia Díaz
Monterrey, México (26 diciembre 2007).- Las personas físicas que perciben ingresos por la renta de una propiedad se perfilan para ser las más afectadas con la entrada en vigor del Impuesto Empresarial a Tasa Única en el 2008.
De acuerdo con un ejercicio realizado por Grupo REFORMA, una persona física que arrienda un bien inmueble con ingresos de 60 mil pesos anuales 5 mil mensuales pagará 344 por ciento más de impuestos el próximo año.
Actualmente, por el ejercicio del 2007 este contribuyente deberá pagar un total de 2 mil 229 pesos de Impuesto Sobre la Renta, al aplicar la \"deducción ciega\" que ofrece la Ley del ISR, y que permite deducir 35 por ciento sin comprobar.
Pero, al entrar en vigor el nuevo impuesto desde enero, el pago se disparará a 9 mil 900 pesos manteniendo el mismo precio de renta, al tocarle pagar el IETU.
Los contribuyentes deben calcular los dos impuestos y pagar el que resulte más alto. El IETU será más gravoso porque no incluye la \"deducción ciega\" para los arrendadores.
Además, Raúl Montemayor Cárdenas, fiscalista del despacho Freyssinier Morín, explicó que la Ley del ISR permite a los arrendadores incluir como gasto el pago del impuesto predial, aunque hayan aplicado la \"deducción ciega\".
El también fiscalista Juan Carlos Pérez Góngora explicó que el impacto para los arrendadores podría ser mayor al estimado en este ejemplo, debido a que el IETU tampoco permite aplicar, en la declaración anual, las deducciones personales que permite el ISR, como gastos médicos, funerales e intereses hipotecarios.
El IETU, dijo, no cumple con el principio de proporcionalidad tributaria que marca la Constitución, porque en lugar de aplicar una tarifa progresiva como en el ISR, prevé una tasa fija del 16.5 por ciento para todos los contribuyentes, sin importar el monto de ingresos.
\"Por esa razón\", expresó, \"en el ISR siempre ha existido una tarifa que es progresiva, y en la medida que percibe un mayor ingreso la persona, es mayor el porcentaje que se paga, mientras que el IETU aplica una tasa fija\".
José Luis Elizondo, especialista fiscal, dijo que, para que el IETU no las impacte, las personas físicas que rentan bienes inmuebles y que toman la \"deducción ciega\" deberán realizar inversiones.
Indicó que en las compras de bienes inmuebles, autos, maquinaria y equipo podrán depreciarse en los porcentajes que marca la Ley del ISR, pero con la ventaja de que podrán deducirse al 100 por ciento con el IETU.
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