BUENAS TARDES COMUNIDAD EL DIA DE AYER SUBI A LA SECCION DE DESCARGAS LA SIGUIENTE INFORMACION:ESPEREMOS QUE LA INFORMACION SEA SUBIDA AGRADESCO A LOS ADMINISTRADORES SU APOYO
México, D. F., a 14 de diciembre de 2007
A TODOS LOS INTERESADOS EN LA INFORMACIÓN FINANCIERA
El Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (
CINIF) emite la presente Interpretación a las Normas de Información Financiera 8, Efectos del Impuesto Empresarial a Tasa Única (INIF 8), para conocimiento de cualquier interesado en las Normas de Información Financiera aplicables en México.
Esta INIF tiene por objeto dar respuesta a los siguientes cuestionamientos:
1. ¿Es el IETU un impuesto a la utilidad?
2. ¿Cómo deben reconocerse los efectos del IETU en los estados financieros de una entidad?
3. ¿Las entidades deben reconocer algún efecto de IETU dentro de los estados financieros cuya fecha sea del 1º de octubre del año 2007 en adelante?
4. ¿Cómo revelar la conciliación de la tasa efectiva de impuesto con la tasa de impuesto causado?
La INIF 8 no fue auscultada debido a que no establece normatividad adicional a la ya contenida en la NIF D-4, Impuestos a la utilidad y fue aprobada por unanimidad para su emisión por el Consejo Emisor del CINIF en diciembre de 2007, estableciendo su aplicación para los estados financieros cuyo periodo contable termine a partir del 1º de octubre de 2007