Acotan diputados perdón fiscal
El Norte
(20 Diciembre 2006).-
Denunciará SAT ante Buró de Crédito nuevas fallas en pagos
Los diputados federales acotaron a 3 años, en lugar de los 4 que propuso el Gobierno federal, el periodo en que se cometieron los incumplimientos de pagos de impuestos que podrán acogerse al programa de amnistía que aprobaron para entrar en vigor el 1 de enero próximo, así como los porcentajes de los conceptos que se condonarán.
La iniciativa del Gobierno federal proponía condonar el 100 por ciento de las multas, recargos y gastos de ejecución de los adeudos generados del 1 de enero del 2003 al 31 de diciembre del 2006, pero los diputados ahora dejaron fuera de este beneficio a los incumplimientos cometidos en el año 2006.
"Tratándose de recargos y multas derivados de créditos fiscales respecto de cuotas compensatorias y contribuciones federales distintas a las que el contribuyente debió retener, trasladar o recaudar, que se hayan causado entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2005, la condonación será del 100 por ciento", precisa el artículo séptimo transitorio del documento que aprobaron los diputados y que hasta anoche aún analizaban los Senadores.
Los incumplimientos de ese periodo no se les condona parte alguna del adeudo principal.
Para los adeudos fiscales causados antes del 1 de enero del 2003, el programa permitirá la condonación del 80 por ciento del adeudo principal y el perdón del 100 por ciento de recargos, multas y gastos de ejecución que deriven de ellos.
"Para gozar de esta condonación, la parte no condonada del crédito fiscal deberá ser pagada totalmente en una sola exhibición", precisa el documento.
Afectaría al crédito
Pero incorporarse a este nuevo programa de amnistía y no cumplir con alguno o varios pagos, podría ser el obstáculo para que algunas personas puedan acceder a un crédito bancario o comercial, advirtió Francisco Javier Saucedo, especialista fiscal.
De acuerdo con la aprobado por los Diputados, a partir del 1 de enero del 2008, el Servicio de Administración Tributaria informará al Buró de Crédito la lista de los contribuyentes que cuenten con créditos fiscales que no hayan sido pagados ni garantizados como lo marca la Ley.
El fiscalista explicó que este "castigo" a los deudores morosos aplicará a quienes se hayan acogido al programa de amnistía fiscal y que hayan incumplido con el pago del adeudo.
Señaló que los causantes que vienen cumpliendo regularmente y que no tienen adeudos, no deberán estar sujetos a entrar al Buró de Crédito, porque aplicaría únicamente para morosos.
Amnistía aprobada
Condonaciones aprobadas por los Diputados.
Adeudos anteriores al 1-Ene-2003
80% de contribución.
100% de recargos, multas y gastos de ejecución.
Adeudos entre 1-Ene-03 y 31-Dic-2005
100% de multas, recargos y gastos de ejecución.
Fuente: El Norte con información de la Ley de Ingresos de la Federación.
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