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    Criterios no vinculativos Disposiciones fiscales y aduaneras

    26 Dic 2006 14:22 #2455 por Atshuru
    Modificación al Anexo 26 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006
    CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES Y ADUANERAS.
    Contenido
    1. Impuesto sobre la renta.
    01/ISR
    13/ISR. REGIMEN SIMPLIFICADO EJERCICIOS 2001 Y ANTERIORES.

    1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
    01/ISR.
    13/ISR. REGIMEN SIMPLIFICADO EJERCICIOS 2001 Y ANTERIORES.
    Los contribuyentes que hasta el ejercicio fiscal de 2001 tributaron de conformidad con el Régimen Simplificado, que de conformidad con el Artículo Segundo, fracción XVI de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta para el ejercicio fiscal de 2002, generaron una pérdida fiscal derivado del cambio del citado régimen considerarán lo siguiente:
    1. Las primas pagadas sobre el valor nominal de las acciones, deben considerarse para la integración de la cuenta de capital de aportación, como una reducción del capital de la persona moral, por ello, es indebido el beneficio que algunos contribuyentes han obtenido al no restar, a la cuenta de capital de aportación, el reembolso de las primas pagadas sobre el valor nominal de las acciones, generando una cuenta de capital de aportación (CUCA) superior al capital contable, cuya diferencia constituye una pérdida al momento de cambiar del régimen simplificado al general o al nuevo régimen simplificado, la cual es aprovechada indebidamente por los contribuyentes, que hasta el ejercicio fiscal de 2001 tributaron en el régimen simplificado, al disminuirla de sus utilidades o, en su caso transmitirla mediante fusión o escisión.
    2. Las aportaciones de capital suscrito no pagado, no deben considerarse para la integración de la CUCA, hasta que las acciones que lo representan se encuentren pagadas, por ello es indebido el beneficio que algunos contribuyentes han obtenido al adicionar, a la cuenta de capital de aportación, las aportaciones amparadas con títulos de crédito, generando una CUCA superior al capital contable actualizado, cuya diferencia constituye una pérdida al momento de cambiar del régimen simplificado al general o al nuevo régimen simplificado. Lo anterior, también es aplicable a las aportaciones amparadas con acciones que únicamente se encuentren suscritas, por lo que no debieron adicionarse a la CUCA sino hasta el momento en que dichas acciones suscritas sean pagadas, es decir, hasta que se encuentren suscritas y pagadas.

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    26 Dic 2006 16:58 #2461 por mozart
    Gracias Atshuru por el informe.......


    Saludos :lol:

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