Aplicación incorrecta del crédito fiscal en pagos provisionales del IETU
El SAT ha encontrado que en los pagos provisionales de 2008, algunos contribuyentes han aplicado indebidamente el crédito fiscal a que se refiere el artículo 11 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU).
De conformidad con dicha ley, el crédito fiscal se determina al final del ejercicio fiscal, cuando las deducciones autorizadas son mayores a los ingresos. Este crédito sólo puede aplicarse a partir de los pagos provisionales de 2009.
Los contribuyentes que hayan utilizado este crédito fiscal en sus declaraciones provisionales de 2008, deben realizar las correcciones correspondientes mediante la presentación de declaraciones complementarias, en su caso pagando los montos respectivos con actualización y recargos.
La autoridad vigilará que no se aplique indebidamente el crédito fiscal en los pagos provisionales de 2008, y podrá ejercer sus facultades de comprobación.
Servicio de Administración Tributaria, México.
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