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    cuidado si laboras en una empresa de este tipo....

    28 Jun 2008 14:02 #29626 por LOBOZAC
    ¡Cuidado con las cooperativas evasoras!
    escrito por Enrique Duarte Rionda
    jueves, 26 de junio de 2008
    Si trabajas en una empresa constituida como sociedad cooperativa, que presta servicios profesionales y suministro de recursos humanos (outsourcing), cuida que tus prestaciones y servicios se encuentren correctamente, ya que muchas de estas firmas transfieren a los trabajadores a este esquema (cooperativa) con el único objetivo de evadir sus compromisos fiscales.



    Algunas de estas figuras son sociedades cooperativas, sociedades en nombre colectivo, integradoras e integradas, sociedades de solidaridad social, sindicatos y uniones.

    El esquema de evasión de las sociedades cooperativas consiste en transferir a los trabajadores bajo este esquema “donde factura los servicios prestados por sus ‘socios’ a la persona moral y a su vez les paga a sus socios vía previsión social, bonos, anticipos y rendimientos, con el ánimo de evitar el pago de contribuciones fiscales y de seguridad social”, dijo el vicepresidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Carlos Cárdenas.

    Las sociedades en nombre colectivo perciben ingresos que facturan y declaran, sin embargo, reducen la base gravable del ISR (reportando una utilidad mínima o pérdida fiscal) al efectuar como deducción autorizada los gastos por concepto de alimentos que les pagan a sus socios (que son los mismos que los de la sociedad anónima que adquiere los servicios), quienes a su vez no acumulan el ingreso correspondiente por concepto de alimentos.

    'Riesgos'

    Los principales riesgos que corren los trabajadores afiliados a la cooperativa son: pérdida del acceso a servicios de salud, pensiones de cesantía y vejez, guarderías y crédito para una vivienda.

    Además, los montos de pensiones y créditos hipotecarios para los empleados serán inferiores a los que hubieran tenido acceso cuando cotizaban como trabajadores de las empresas, ya que tanto el IMSS como el Infonavit han detectado una reducción ‘importante’ en el importe de cuotas y aportaciones a nombre de los trabajadores.

    Cárdenas señaló que sería imposible calcular el monto monetario de evasión fiscal que esas empresas incumplen con el Servicio de Administración Tributaria, sin embargo, “estamos hablando de cantidades sumamente importantes, por eso es que el SAT integró un equipo para evitar esta evasión multimillonaria”.

    Desde hace un año el brazo fiscal de Hacienda ha hecho revisiones a este tipo de sociedades coordinadas por un equipo de fiscalización; se estima que en un primer periodo se analicen alrededor de unos 455 contribuyentes.

    “Están empezando con las cooperativas pero van a seguir con las empresas integradoras e integradas, sociedades de solidaridad social, asociaciones en participación sindicatos y uniones”, explicó Cárdenas.

    Los trabajadores que entran en este tipo de empresas muchas veces son engañados, no se les dio la suficiente información de los riesgos potenciales que podría haber o son atraídos con la promesa de que ya no les retendrán el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

    Por ganarse eso que es inmediato están dejando de tener beneficios de mediano o largo plazo, además de que se están haciendo cómplices de un sistema de defraudación, dijo Cárdenas.

    ’Beneficios’ de las sociedades cooperativas ‘ilegales’

    1.- Fiscales (Evitar el pago de retenciones de ISR por sueldos y salarios, impuestos locales, PTU y aportaciones de seguridad social).

    2.- Financieros (Evitar el pago de salarios del personal y de abogados ante demandas laborales, así como de prestaciones, finiquitos y liquidaciones).

    3.- Laboral (Evitar la formulación de contratos, demandas y huelgas, así como la responsabilidad del registro ante el IMSS, Infonavit y SAR).

    4.- Administrativos (Evitar la contratación de personal para el manejo de la nómina, contrataciones de abogados especialistas en materia laboral y prestación de avisos ante el IMSS e Infonavit).

    ‘Beneficios’ de las sociedades en nombre colectivo

    1.- Reducción o anulación de la base gravable para efectos del ISR.

    2.- La persona moral sociedad anónima, evade el pago de las retenciones de dividendos otorgados a los socios y acredita el IVA de la factura que la sociedad le proporciona por los servicios prestados.

    3.- El socio o accionista no acumula el ingreso recibido por el pago de los alimentos.


    Fuente: CNNExpansión.com


    saludos y gracias por tus aportacionesfiscales

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    30 Jun 2008 15:07 #29653 por sosgtorreon
    Las cooperativas o cualquier otra figura que sea creada con la finalidad unica de simular la relacion de trabajo son destestables, ya que de entrada lesionan los intereses y derechos de los trabajadores, el problema es que para los trabajadores se presentan en muchas ocasiones como la unica manera posible de incorporarse a una forma que les garantice un cierto ingreso en forma periodica... es decir, o aceptas lo que te ofresco o sigue sin nada...

    Saludos.



    sos al sos .

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    30 Jun 2008 15:37 #29657 por Smarin
    Precisamente ayer vistando la tienda de los tecolotitos me encontre un reciente libro de conocidisima firma de publicaciones fiscales donde casi defienden a ultranza esta figura juridica, que como acertadamente comentan es utilizada con la finalidad de no pagar dividendos, pagar mordidas a funcionarios corruptos ( el famoso 10% o mas de comision) por las licitaciones obtenidas y la evasíón del pago de seguro social, infonavit ietu e impuesto sobre la renta entre otros. Algunos abogados fiscalistas dicen que es incorrecta esta apreciación de ilegalidad ya que esta bien fundamentada en base al esquema juridico que tenemos y consideran esto una cacería de brujas de la Secretaría de Hacienda.

    Mi preocupación es en que posición queda el contador dictaminador que se encuentra ligado a estas practicas y su relación con los criterios no vinculativos que ahora establece la nueva forma del SIPRED. Tendra la suficiente ETICA como para manifestarlo en su informe? por que existen muchos despachos que estan haciendo los dos trabajos por separado, la planeación a traves de esta figura y el dictamen fiscal correspondiente. Creo que nuestra profesión puede estar ya caminado en un terreno sumamente complejo. ¿ Que piensan ?

    Mira como amigo sincero al hombre sincero que te advierte tus errores y no al que aprueba todo cuanto hagas o digas.

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    30 Jun 2008 18:39 - 30 Jun 2008 18:42 #29660 por BR1
    Buenas tardes.

    En mi caso, tengo lo siguiente:

    1. En el grupo se implemento la figura de recursos externos, mas que nada por simplificación administrativa, no se implemento nada de cooperativas, sino una SA de CV.

    2. Conozco a un despacho fuerte, que estuvo a punto de convencer a los directivos de cambiar el esquema, claro, mofandose de que la autoridad "nada les ha hecho o les hará". Por algo se sienten seguros. De hecho, se basan en pensamientos "Juarezcos" (por Benito...)

    ¿Apoco la autoridad no sabe, muchos de los políticos mas chipocludos han tomado esta figura para hacer negocio y tambien los implementan en sus empresas?, quizas por eso, muchos abogados fiscalistas opinan que "no les haran nada" (claro, tambien deben tener antecedentes).

    En fin....

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    30 Jun 2008 23:53 #29667 por Valvaro
    Smarin escribió:

    Mi preocupación es en que posición queda el contador dictaminador que se encuentra ligado a estas practicas y su relación con los criterios no vinculativos que ahora establece la nueva forma del SIPRED. Tendra la suficiente ETICA como para manifestarlo en su informe? por que existen muchos despachos que estan haciendo los dos trabajos por separado, la planeación a traves de esta figura y el dictamen fiscal correspondiente. Creo que nuestra profesión puede estar ya caminado en un terreno sumamente complejo. ¿ Que piensan ?[/quote]


    Como que me suena....


    Mas adelante señala el colega BR1 que muchos "poderosos" utilizan este esquema en sus empresas...yo agregaría a muchos "no tan poderosos" familiares, amigos y conocidos de los "poderosos" que tambien lo hacen.

    La cuestión como bien lo comenta Smarin es la ética, porque según los comentarios y sin ser aboganster, me suena a que la ley no lo contempla, entonces no esta prohibido...y ya todos sabemos que pasa en México con estos charcos en las Leyes.

    Ahora que siendo romanticos, no deberia ser legal, ya que lesiona directamente los intereses de los trabajadores...pero la mayoria de los casos el que paga, el que cobra o el que revisa son el mismo...pues no hay quejas.

    Saludos!

    Vendo AMEROS baratos o cambio por PEJEBONOS!!!

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    01 Jul 2008 15:07 #29679 por Smarin
    Pero queda algo en el aire ¿lo legal es necesariamente ético ? Porque efectivamente en ese libro se plantean jurisprudencias de empresas que han estado litigando con esta figura jurídica desde hace varios años, y tengo entendido que esta propaganda que esta haciendo el SAT es por un sólo caso que le ha ganado a un contribuyente y le ha servido para desincentivar el uso de estas prácticas que a todas luces como dice SOSTORREON son detestables, y que muchos trabajadores las aceptan por tal de tener la chamba segura aunque no tengan ninguna prestación social.

    Para ser honestos hay mucha corrupción en las autoridades hacendarias quienes se hacen de la vista gorda y tienen conocimiento de esta situación, hacen como que revisan, obtienen sus mordidas a través de estas mismas figuras jurídicas, se las embolsan, incluso en dólares y todos contentos, total se estan generando "empleos" que tanta falta hacen.

    Mira como amigo sincero al hombre sincero que te advierte tus errores y no al que aprueba todo cuanto hagas o digas.

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