Deudores al fisco, fuera de lista de proveedores
Escrito por DULCE MAYA
Viernes, 15 de Agosto de 2008 00:00
CUERNAVACA. La administración pública federal, centralizada y paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, se abstendrán de contratar en sus adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública, a particulares que no estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, conforme a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
Esta nueva disposición alcanza a los contribuyentes que participan en procesos licitatorios o por invitación y adjudicación directa, cuyo monto a contratar excede de 300 mil pesos sin incluir el IVA, y para aquellos que en el año inmediato anterior se beneficiaron con un monto anual igual o mayor a 250 mil pesos por concepto de subsidios o estímulos de las dependencias o entidades.
Para ello, se acordó -desde el 16 de junio de 2008- que deben realizarse vía internet las solicitudes de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales de las empresas con quienes se contraten adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública. Este nuevo procedimiento acorta el tiempo de respuesta y evita traslados a los Módulos de Servicios Tributarios. Se puede realizar a través del portal de internet del SAT:
www.sat.gob.mx
, en la sección Mi portal, en donde debe seleccionar Solicitud de trámite: 32-D, solicitud de opinión.
El procedimiento permite atender a un mayor numero de contribuyentes en menor tiempo, antes la opinión se informaba a las dependencias en un plazo de 45 días hábiles, hoy la opinión se ofrece al contribuyente en un promedio de tres días de atención, y cuando se detectan omisiones o créditos fiscales firmes, la opinión se emite a más tardar en los 20 días siguientes a la recepción de la solicitud. El contribuyente puede verificar la respuesta a partir de la fecha sugerida que se informa en el acuse de la solicitud de servicio.