En nuestro caso, acudimos a 3 personas para evaluar este tema:
1. A un abogado fiscalista: que dijo, el esquema que les propongo si jala, si la autoridad los molesta, yo tengo los elementos para defenderlos y que no exista carga financiera alguna (claro, excepto los honorarios..jejeje).
2. Nuestro ex-asesor fiscal: legalmente sustentable, pero la autoridad los molestará ante la anotación en el dictamen, cuestionen al CPR, a ver que opina.
3. Al CPR que dictamina: este dicho y hecho, opinó "yo me canso que hago la anotación en el dictamen, de que los recursos se estan llendo a un tercero y vuelven a ustedes mediante transferencia electrónica y por ende no causan el IDE". Claro, se protege, con justa razón...
Así es que, es un hecho lo que dice el abogado que se menciona en la nota "a la autoridad no le gustará", pero, pues de seguro se reservo para sí aquello de "pero el derecho nos respalda"...
En fin, el tiempo lo dirá, en mi caso, de plano pude meter una deducción mensual de 30,000 en los contribuyentes (5), sin facturas, y sin nada de nada... y así llevo 6 años cobrando mi mesada....¿por que no empezar a ser cochinos pues?...jajaja, ya esto fué broma, pero creo que mas de uno lo hace y no le "toca"...