COATZACOALCOS, VER
TERE CARRASCO/AGENCIA IMAGEN DEL GOLFO
09 de Diciembre del 2008
A los contribuyentes a los que se les impongan multas por infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales federales que corrijan su situación fiscal, pagarán sólo el 50% de su multa, es uno de los cambios más relevantes para el próximo año.
Sin embargo, la autoridad tributaria específica que gozarán de ese beneficio si llevan a cabo dicho pago después de que las autoridades fiscales inicien sus facultades de comprobación y hasta antes de que se le levante el acta final de la visita domiciliaria o se notifique el oficio de observaciones, siempre y cuando, además de dicha multa, se paguen las contribuciones omitidas y sus accesorios, cuando sea procedente.
Lo anterior está fundamentado en el artículo 15, séptimo párrafo de la Ley de Ingresos de la Federación para el año 2009.
Además, si la multa se paga después de que se levante el acta final o que se notifique el oficio de observaciones, pero antes de que se notifique la resolución que determine el monto de las contribuciones omitidas, los contribuyentes pagarán sólo el 60% de la multa que les corresponda siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos en el párrafo anterior. Asimismo, se informó que otro de los cambios que se van a presentar en el 2009 es que se exime del pago del ISAN a quienes enajenen al público en general o que importen definitivamente automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de aquéllos eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno.