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    Paro tecnico?La SE apoya a empresas y trabajadores

    05 Feb 2009 01:22 #40694 por gaboaranda
    Articulo publicado el dia de hoy

    Si su empresa está en paro técnico, la Secretaría de Economía otorgará ciertos beneficios a fin de preservar el capital humano y el empleo


    La Secretaría de Economía también dará apoyos a las empresas que se encuentren en paro técnico.

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    El pasado 30 de enero la Secretaría de Economía (SE) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) ciertas modificaciones a las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología, dentro del cual se contemplan los Proyectos tipo B, dirigidos a empresas que ven reducida su producción debido a un paro técnico.
    Objetivo
    Apoyar a los centros de trabajo afectados por la desaceleración económica mundial, para preservar el capital humano y el empleo, mediante modificaciones temporales de las condiciones de trabajo.

    Población beneficiaria
    Empresas dedicadas a la:

    fabricación, ensamble y/o reparación de maquinaria, equipo y sus partes; excepto los eléctricos
    fabricación y ensamble de maquinaria, equipos, aparatos, accesorios y artículos eléctricos, electrónicos y sus partes, y
    construcción, reconstrucción y ensamble de equipo de transporte y sus partes
    Requisitos de elegibilidad
    Podrán acceder al beneficio las compañías que:

    estén legalmente constituidas conforme a la legislación mexicana
    se encuentren al corriente en el pago de sus impuestos federales, en lo que respecta a validar con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que la empresa cuente con:

    estén al corriente en el pago de sus impuestos federales. La Dirección General de Comercio Exterior (DGCE) validará con el SAT que la empresa cuente con certificado de firma electrónica avanzada, RFC activo y que su domicilio fiscal esté inscrito y activo. Tratándose de empresas con Programas de Promoción Sectorial o del Decreto IMMEX autorizados, dicha autorización acreditará la validación ante el SAT
    no estén constituidas legalmente como una entidad pública, cuyas relaciones laborales se rijan por el Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni formen parte de la Administración Pública de la Federación, entidades federativas o municipios
    tengan registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
    cuenten con el registro de sus trabajadores ante el IMSS
    no posean a su cargo créditos fiscales firmes con el IMSS
    hubiesen depositado o registrado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente el convenio de modificación temporal de las condiciones de trabajo (MTCT), en cualquiera de sus modalidades
    cuenten con registro patronal ante el Seguro Social en los grupos indicados en la población beneficiaria cuya antigüedad sea de por lo menos 12 meses a la presentación de la solicitud de apoyo
    hubiesen realizado actividades productivas por lo menos durante 12 meses a la fecha de presentación de la solicitud de apoyo, y
    no estén recibiendo apoyos de otros programas federales para el mismo concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos o subsidios conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación
    Proceso de obtención de los apoyos
    Deberán presentar la solicitud en las Delegaciones o Subdelegaciones de la SE, mismas que se encargarán de la recepción, trámite y validación del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad. Validado el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, las Delegaciones o Subdelegaciones remitirán la documentación a la Dirección General de Industrias Pesadas (DGIPAT) para su análisis y posterior presentación al Consejo Directivo del Programa para el Desarrollo de Industrias de Alta Tecnología (PRODIAT) para que, en su caso, dicho órgano autorice el otorgamiento del subsidio

    El Consejo Directivo emitirá la resolución que corresponda a más tardar en 20 días hábiles una vez cumplidos los requisitos de elegibilidad y criterios de selección.

    Monto de los beneficios
    El monto del apoyo por solicitud en cada bimestre auditado se determinará con los siguientes factores:

    el número de trabajadores permanentes registrados por la empresa en el Instituto que coticen entre 1 y 10 salarios mínimos en la zona geográfica correspondiente
    los meses incluidos en los informes bimestrales de auditor externo, donde ocurrieron las MTCT
    las variaciones en el empleo, en las ventas y en los salarios de la empresa
    El la página de Internet de la SE se encuentra una calculadora mediante el cual se puede hacer una proyección del apoyo a recibir.

    La DGIPAT publicará en www.economia.gob.mx , los listados de los proyectos y montos aprobados.

    Entrega de recursos
    El beneficiario deberá suscribir un convenio de colaboración con la SE. En su caso, la SE depositará los recursos necesarios para apoyar los proyectos aprobados por el Consejo Directivo en la cuenta que para tal efecto se habilite.

    Quejas y denuncias
    Los beneficiarios podrán presentar por escrito sus inconformidades en el orden siguiente:

    el Órgano Interno de Control en la SE, con domicilio en el séptimo piso del edificio marcado con el número 3025, del Boulevard Adolfo López Mateos, colonia San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, CP 10700, México, DF Adicionalmente, se podrán dirigir al Centro de Asesoría Primer Contacto de la SE en la Ciudad de México, en el teléfono 01-800-410-2000 o en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., y
    la Secretaría de la Función Pública, ubicada en Insurgentes Sur 1735-10, colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, CP 01020, México, DF
    Las quejas se realizarán en los formatos correspondientes, que estarán a disposición en los Módulos del Órgano Interno de Control en la SE, en las Delegaciones, en las oficinas de la SE y en los organismos estatales de control.

    Las modificaciones al Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología entrará en vigor el 9 de febrero de 2009.


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