120 MDP EVADEN AL FISCO POR BONO DE FATIGA
Publicado: martes 03 marzo 2009 | 05:06 hrs.
Por: Adrián Bonola
Villahermosa, Tabasco
El gobierno del estado estaría evadiendo al menos 120 millones de pesos al año por concepto de impuestos por medio del llamado “bono de fatiga”, reveló el abogado fiscalista y ex delegado de la Secretaria de Economía en Tabasco, Gonzalo Fócil Pérez.
El especialista calificó lo anterior como una "simulación fiscal", añadiendo que no se puede catalogar el mencionado pago como una indemnización, pues "creo que es una elusión y una simulación (del gobierno) con el propósito de no pagar la disposición jurídica contemplada en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), al pretender caer en una situación de indemnización por un riesgo laboral que no existe".
Fócil Pérez explicó que para ser catalogado como indemnización, se debe contar con un dictamen médico y una incapacidad en donde se especifique que el trabajador está imposibilitado parcial o totalmente para laborar como consecuencia de esa fatiga, y en este caso, no la hay.
El también director de la firma de especialistas fiscales Cuentas Claras S.C., calificó como “artimañas” las formas en las que el gobierno del estado busca evadir su labor de retener el ISR para entregarlo al fisco federal, siendo contundente al decir que "El Código Fiscal de la Federación lo marca claramente, el que realice dos o más actos jurídicos relacionados entre sí, con el único propósito de obtener un beneficio indebido en perjuicio del fisco federal, está cometiendo una simulación y esto no es otra cosa que una defraudación fiscal".
"La Ley del ISR, permite que no se graven indemnizaciones derivadas de riesgo de trabajo, en este caso viene una simulación para hacer creer por parte del gobierno del estado que hay un riesgo y una enfermedad de trabajo que ellos determinan fatiga laboral y que seguramente con algún dictamen pericial médico que se inventaron o se inventarán cuando sea oportuno, justificarán por qué más 7 mil trabajadores padecen de fatiga laboral", indicó.
Cabe destacar que la Ley Federal del Trabajo reconoce como afecciones derivadas de la fatiga diversos aspectos y labores a las sufridas por los trabajadores expuestos al ruido o trepidaciones, expuestos a movimientos repetitivos, enfermedades de la laringe, o de la muñeca derivada de sus funciones en el centro de trabajo y hasta neurosis... "pero en el caso de trabajadores administrativos o de un gobierno no encontramos ninguna de estas tipificaciones o enfermedad que enmarco y preciso, establece la Ley Federal del Trabajo".
El fiscalista, manifestó que es el Servicio de Administración Tributaria (SAT), quien bebe investigar y calificar dichos procesos, para que en su momento, de ser así, sancionar a quien resulte responsable.
Calificó como "injusto porque el buen juez por su casa empieza, ya que los gobiernos obtienen sus recursos de los impuestos que pagamos todos los mexicanos... la pregunta es por qué en el sector privado que esta sometido a mayor tensiones y presiones, no hay ese concepto válidamente aplicado".
"Es injusto e inequitativo que el gobierno ponga el mal ejemplo... con qué cara la Secretaria de Finanzas va a venir a hacer auditorias a las empresas, si el mismo secretario de la dependencia es el primero que no paga bien sus impuestos... vemos un estado que dice; ustedes pueblo paguen el tributo. Yo estado y los que trabajen para mi yo los protejo, haciendo que no paguen sus obligaciones fiscales". indicó.
Los exentos...
La Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 109 de la Ley ISR establece los ingresos exentos:
I prestaciones distintas del salario mínimo y tiempo extra.
II indemnización por riego de trabajo o enfermedades
III jubilaciones, pensiones, haberes de retiro y otros.
IV reembolso de gastos médicos y funeral.
V prestaciones de seguridad social.
VI prestaciones de previsión social.
VII aportaciones y rendimientos de las subcuentas de vivienda.
VIII cajas y fondos de ahorro.
IX cuotas de seguridad social.
X primas de antigüedad, retiro, indemnizaciones y otros.
XI gratificaciones anuales y otras prestaciones.
FUENTE:
www.tabascohoy.com.mx/nota_interior_impresa.php?id_nota=171284