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    Ultimátum a morosos del SAT

    30 Mar 2009 14:19 #43741 por Marhiogym
    Ultimátum a morosos del SAT

    El Sol de Córdoba
    29 de marzo de 2009

    Ivon Graciano Serrano

    Córdoba, Veracruz.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó un llamado para que las más de 5 mil personas morales cumplan, a más tardar el martes 31, con la declaración anual de ingresos 2008 mediante la oficina virtual de esta dependencia.

    Sin embargo, para que estén en posibilidad de cumplir en tiempo con esta obligación los contribuyentes tuvieron que haber realizado en forma íntegra los pagos provisionales mensuales, de lo contrario les generará problemas al momento de "cuadrar" las cantidades del IVA, IETU, ISR e IDE.

    La administradora local de Asistencia al Contribuyente, Sandra Leticia Pérez del Valle, expresó que los contribuyentes para declarar en el plazo establecido deberán descargar e instalar el programa DEM versión 2009, disponible en la página Web del SAT y capturar su información con los anexos que le correspondan, generar y enviar el archivo de la declaración anual.

    En este sentido, detalló que la declaración anual de ingresos deberá contener el estado de posición financiera al 31 de diciembre, estados de resultados, conciliación contable-fiscal, pagos o declaraciones provisionales, mensuales y definitivos, papeles de trabajo en los que calculó sus erogaciones de ISR, IVA e IETU así como la firma electrónica, en su caso constancia de percepciones, retenciones y constancia de recaudación del IDE.

    "Para que tenga comprobante de que cumplió con esta obligación el contribuyente, el Servicio le enviará un acuse de recibo con sello digital, además de que si no resultó impuesto a cargo u obtuvo saldo a favor en esta etapa, concluirá el procedimiento y le considerarán como cumplida esta obligación", explicó la funcionaria federal.

    Sin embargo, destacó que en caso de que tenga impuesto a pagar, se deberá efectuar vía Internet en el portal de los bancos autorizados. Por tal motivo, para generar el archivo con la información y enviar la declaración a través de la oficina virtual, las personas morales deberán utilizar la Firma Electrónica Avanzada (FIEL).

    Pérez del Valle concluyó que según estándares internacionales de seguridad, la FIEL tiene una vigencia de dos años, así que cuando esté por vencerse se puede renovar por Internet, pero una vez vencida, para cambiarla deberán acudir al módulo de servicios al contribuyente para ejecutar la gestión

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