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    Reforma IMSS RI para calificación de R T

    18 Jun 2009 07:56 #48041 por gaboaranda
    Damas y caballeros el día de hoy salio publicado en el diario Oficial de la federación una reforma al art 44 de LSS donde se estipula de apartir de ya un trabajador ya "PODRA" interponer el Recurso de Incoformidad, es decir le quitan la obligatoriedad de presentar el RI para que le pudieran dar las prestaciones por los seguros de enfermedad y maternidad, invalidez y vida obviamente con lo requisito emitidos en LSS

    Les dejo su publicación textual:


    DECRETO por el que se reforma el primer párrafo del artículo 44 de la Ley del Seguro Social.
    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
    FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
    Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
    DECRETO

    "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
    SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 44 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.
    Artículo Único.- Se reforma el primer párrafo del artículo 44 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
    Artículo 44. Cuando el trabajador asegurado no esté conforme con la calificación que del accidente o enfermedad haga el Instituto de manera definitiva, podrá interponer el recurso de inconformidad....
    ...
    Transitorio

    Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    México, D.F., a 28 de abril de 2009.- Dip. César Horacio Duarte Jáquez, Presidente.- Sen. Gustavo Enrique Madero Muñoz, Presidente.- Dip. María del Carmen Pinete Vargas, Secretaria.- Sen. Adrián Rivera Pérez, Secretario.- Rúbricas."
    En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a dieciséis de junio de dos mil nueve.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Lic. Fernando Francisco Gómez Mont Urueta.- Rúbrica.



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