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comisiones a bancos
El Banco de México (central) informó que aplicará a partir del 21 de agosto nuevas restricciones al cobro de comisiones por parte de bancos y algunos intermediarios del país, en un sistema financiero señalado como costoso por algunos críticos.
Las nuevas restricciones abarcan los siguientes puntos:
1) En cuentas de depósito a la vista, tales como de cheques y de nómina, no podrán cobrarse conjuntamente en el mismo periodo, comisiones
por manejo de cuenta y por
no mantener un saldo mínimo.
2) En ningún caso podrán cobrarse comisiones a un cliente por
haber depositado en su cuenta cheques que sean devueltos por cualquier causa.
3) Cuando la banca establezca como condición para otorgar un crédito que el cliente abra una cuenta de depósito, para realizar los pagos del crédito, no podrá cobrar comisiones en la mencionada cuenta por los conceptos siguientes:
i) apertura; ii) manejo, y iii) por no mantener un saldo mínimo.
4) No podrán cobrarse comisiones a un cliente por exceder o intentar exceder el saldo de su tarjeta de débito. Cabe mencionar que la ley establece una disposición similar para tarjetas de crédito.
5) No podrán cobrarse comisiones por la cancelación de cuentas de depósito.
6) No podrán cobrarse comisiones por la cancelación de tarjetas de crédito ni de débito.
7) No podrán cobrarse comisiones por la cancelación de la domiciliación del pago de bienes y servicios.
8) Tampoco se cobrarán comisiones por la cancelación del servicio de
banca por Internet.
9) Tratándose de órdenes de transferencia de fondos, las instituciones no podrán cobrar comisiones diferenciadas en función del monto de las transferencias que les soliciten sus clientes.
PD: Adjunto el documento oficial