Novedades Quintana Roo
Decepciona el estímulo sobre Impuesto al Activo
El estímulo al Impac que dio el Servicio de Administración Tributaria, el cual entró en vigor ayer, no es lo que esperaban los contribuyentes, opinan expertos.
Por María José Castillo
El estímulo anual que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplica al impuesto al activo (Impac), que consiste en exentar del pago a los contribuyentes que hayan obtenido menos de cuatro millones en ingresos durante todo 2006 publicado el pasado 20 de febrero en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y que entró en vigor ayer, no fue lo que esperaban los contribuyentes, según expertos.
A juicio del socio consultor del departamento legal de la empresa Deloitte, Reginaldo Montaño Rodríguez, lo que se esperaba era un decreto que permitiera nuevamente deducir las deudas y que sólo se castigue el sobre-endeudamiento, debido a que esto es lo que más afectaría a las empresas especialmente las grandes.
"Lo que se publicó es lo que cada año se publica. Pero la afectación del Impac no se da fuertemente en empresas menores de 400 millones de pesos, se esperaba algo que suavizara el cambio tan brusco en la ley", apuntó el consultor en entrevista telefónica.
Es decir, las expectativas empresariales eran que este impuesto se flexibilizara, puesto que una vez que fue reformado durante este sexenio se estableció que pasaría del 1.8 por ciento al 1.25 y que dentro de la base gravable ya no podrían ser tomadas en cuenta las deudas de los contribuyentes.
El argumento del SAT, publicado en su catálogo de reformas fiscales, es que "el impuesto al activo ha dejado de cumplir con su finalidad primordial de complementar el impuesto sobre la renta, ya que por la deducción de las deudas se reduce y en ocasiones se deja de pagar".
De acuerdo con el presidente del Colegio de Contadores Públicos de Cancún, Gilberto Ordaz López, se pensó que este año no se publicaría el decreto de la exención del Impac.
Destacó que dicha medida beneficiará principalmente a las personas físicas con actividad empresarial y a empresas con pequeñas, debido a que los demás contribuyentes se ven severamente afectados por las reformas la Impac.
Apuntó que a pesar de que se exenta a los contribuyentes de este pago, es necesario que se presente la documentación del cálculo, debido a que de otro modo el contribuyente es susceptible de ser sancionado.
Ordaz López apuntó que la publicación de este decreto es sólo para suavizar las asperezas que se han generado después de la publicación de las reformas.
La molestia central es que hay empresas que tienen activos que adquirieron por medio de créditos que no han saldado, pero por los cuales deberán pagar los impuestos completos, debido a la reforma al Impac.
Los amparados
Antes de saber qué ocurriría con el Impac reformado, los amparos contra éste ya habían sido noticia.
Según estimaciones de Deloitte, a la fecha hay cerca de 10 mil amparos a nivel nacional, mientras que en la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) se calcula que 20 mil empresas, de 70 mil afiliadas, están amparadas contra este impuesto.
Montaño Rodríguez apuntó que lo importante no es la cantidad de amparos, sino el hecho de que se trata de "un amparo masivo".
De acuerdo con la ley, hay dos momentos para ampararse, el primero fue 30 días hábiles después de la publicación de la reforma al Impac que tuvo lugar el 13 de febrero pasado; y 15 días hábiles después de esta misma fecha, puesto que aquel día se debió hacer el primer pago provisional del citado impuesto, es decir el 6 de marzo.
El consultor legal agregó que el fallo de la Suprema Corte de Justicia deberá ser para todos los amparados y deberán pasar por lo menos dos meses después del 6 de marzo, para conocerlo.
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