Declararán por internet causantes con saldos de $25 mil
El Norte
(02 Marzo 2007).-
Los asalariados que presenten declaración anual y les resulte un saldo a favor de 25 mil pesos o más, deberán hacer el trámite por internet y utilizar la Firma Electrónica Avanzada, independientemente de los ingresos obtenidos en el 2006, informa el Servicio de Administración Tributaria.
A través de su portal electrónico, el SAT señala que la devolución del saldo a favor podrá entrar en el programa de devolución automática de impuestos.
Indica que los asalariados con montos a favor menores a 25 mil pesos, deberán marcar con una "X" el recuadro de "Devolución" en la forma fiscal que utilice, o en el programa DeclaraSAT, y anotar el nombre del banco para que le hagan el depósito correspondiente.
Además, deben apuntar en su declaración el número de cuenta "Clave" a 18 dígitos que proporcionan los bancos en los estados de cuenta.
"La única forma de obtener la devolución es mediante la presentación de su declaración como se ha indicado en este sitio, en el caso que sea rechazada en el Programa de devoluciones automáticas, se podrá obtener en su caso, sólo mediante la presentación de la forma fiscal 32", precisa el portal del SAT.
El SAT recomendó a las personas físicas que resulten con saldo a favor verificar muy bien los datos ya que de registrar alguna "inconsistencia" podría ser rechazada.
Para evitar el rechazo de la devolución automática, el fisco sugiere a los contribuyentes verificar que los cálculos aritméticos del impuesto sean correctos y que haya aplicado la tarifa y tabla correctas.
Además, indica, debe señalar correctamente su nombre, domicilio, Clave Única de Registro de Población, CURP y su Registro Federal de Contribuyentes, RFC.
"Señale el RFC correcto de su retenedor, patrón o la persona moral que le hizo los pagos", indica el SAT, "y si desea la devolución de su saldo a favor, no olvide marcar con una "X" el recuadro correspondiente en la forma fiscal".
El brazo fiscalizador de la Secretaría de Hacienda recomienda a los contribuyentes no olvidar llenar todos y cada uno de los recuadros de la declaración ya que cualquier omisión puede dar motivo al rechazo de la devolución.
Además, debe verificar que su patrón no haya efectuado el cálculo anual de su impuesto, y en consecuencia, que no haya acreditado el impuesto retenido durante el año.
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