Amigos por si en sus empresas, los trabajadores se ponen espesos y les dicen que "por ley" semana santa es descansada les dejo este interesante articulo:
Fecha de publicación: 2010-03-29
¡Días santos pero laborables!
Algunos medios de comunicación atribuyen a estos días el carácter de descanso obligatorio pero no lo son según la LFT
Los días santos son laborables
Los próximos 1o y 2 de abril tiene verificativo una de las conmemoraciones religiosas más significativas para los cristianos, la concerniente al jueves y viernes santos, días en que se recuerda el juicio y muerte de Jesús de Nazaret.
De ahí que algunos trabajadores piensen y arguyan que el asueto de tales días es obligatorio por ley.
Tal criterio es erróneo, porque el numeral 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el cual establece oficialmente los días de descanso obligatorio, en ninguna de sus fracciones contempla esos días como festivos, por tanto los colaboradores están obligados a presentarse a sus centros de labores y prestar sus servicios como normalmente lo hacen, pues en caso contrario, la empresa válidamente podrá descontarles el salario de los días que lleguen a ausentarse (art. 82 LFT).
No obstante, si en los contratos individuales o colectivos de trabajo, o bien, en las políticas de prestaciones y compensaciones el patrón se obliga a otorgar a sus trabajadores tales días como festivos, de requerir sus servicios deberá cubrirles un salario doble adicional al que normalmente perciben (art. 75 LFT).