ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforman los artículos 6o, fracción IV; 62, y 89 fracciones II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para quedar como sigue:
Artículo 6o.- ...
I. a III. ...
IV.- Su duración, misma que podrá ser indefinida;
V. a XIII. ......
Artículo 62.- El capital social será el que se establezca en el contrato social; se dividirá en partes sociales que podrán ser de valor y categoría desiguales, pero que en todo caso serán de un múltiplo de un peso.
Artículo 89.- ...
I. ...
II.- Que el contrato social establezca el monto mínimo del capital social y que esté íntegramente suscrito;
III. y IV. ...
Ya era hora de estas reformas:
- Duración de las sociedades "podrá ser indefinida"
- SdeRL "eliminado los 3,000,000"
- Sociedad Anómina "se elimina el monto mínimo de 50,000"