La Secretaría de Hacienda tomará el mes y año como fecha de impresión para calcular la caducidad
Alicia Díaz
Monterrey, México(7 mayo 2007).-A partir de este año los comprobantes fiscales que los organismos de beneficencia y las personas físicas que perciben ingresos por arrendamiento tendrán una vigencia de dos años.
Gonzalo Ávila, especialista fiscal, explicó que hasta el año pasado sólo las facturas que expedían las empresas y los recibos que extendían las personas físicas con actividades empresariales y profesionistas tenían una vigencia de 2 años.
Indicó que debido a una reforma miscelánea, a partir del 18 de abril todos los comprobantes fiscales caducan.
La Secretaría de Hacienda precisó que se podrá optar por considerar únicamente el mes y año como fecha de impresión -sin incluir el día- para calcular la caducidad.