Otorga Juez amparo contra reformas a Impac
Por
Alicia Díaz
Por considerar que la reforma a la Ley del Impuesto al Activo (Impac) que prohibe deducir las deudas contratadas para calcular este gravamen, el Juzgado Octavo de Distrito en Naucalpan otorgó un amparo a la empresa Oxal en contra de las reformas efectuadas y que entraron en vigor en 2007.
Carlos Saucedo Lugo, abogado fiscalista del despacho Ojeda y Vega, explicó que el juez consideró que la reforma viola el principio de proporcionalidad en materia tributaria previsto en la Constitución, ya que desde su creación en 1989 en su exposición de motivos quedó claro que la base gravable de este impuesto son los activos netos.
"Es decir, la base sobre la cual se deberá efectuar el cálculo del impuesto se refiere al activo neto, el cual necesariamente incluye la deducción de las deudas contratadas, pues a consideración del Juez de Distrito, sólo de esta manera se puede obtener el factor que determina la real capacidad contributiva de las empresas, pues las pérdidas o deudas son un factor que inciden directamente en la base del impuesto".
Saucedo Lugo aclaró que esta sentencia no es definitiva, pues las autoridades fiscales cuentan con la facultad de acudir en revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual será la que confirme la inconstitucionalidad de las reformas o revoque la sentencia emitida por el Juez de Distrito.
"La resolución que emita la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá conformar jurisprudencia, que será aplicable por los demás Tribunales Federales del País, para resolver los demás juicios de amparos pendientes, en la forma en que determine la propia Corte".
Explicó que la Corte refiere que ante la imposibilidad de poder deducir las deudas contratadas, directamente influye en un menoscabo patrimonial para las empresas, pues se les obliga a tributar sobre una base ficticia que no guarda relación con su real capacidad para contribuir a los gastos públicos.
Consideró que en esta sentencia el Juez ejemplifica el caso de una empresa que cuenta con activos de 500 mil pesos y deudas por 100 mil, la base para calcular el impuesto antes de la reforma era la cantidad de 400 mil pesos.
Pero con la derogación del artículo 5 de la ley del Impac, expuso, las empresas están obligadas a calcular la base del impuesto sobre 500 mil pesos, es decir, sin deducción alguna.
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Con información de Mario López
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....; ¿de donde va a sacar la autoridad el dinero que pensaba obtener del IMPAC?
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Celebro el amparo... lo que me preocupa es pensar; ¿de donde va a sacar la autoridad el dinero que pensaba obtener del IMPAC?
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