El SUA 3.5.2 y el descuento para créditos de INFONAVIT.

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Como es de su conocimiento la semana pasada, una vez realizado el pago de las cuotas del IMSS correspondientes al mes de enero 2018, conocimos la siguiente noticia en el portal del Seguro Social;

AVISO IMPORTANTE

A partir del 20 de febrero del 2018, se encuentra disponible la nueva versión 3.5.2 del SUA, la cual incluye actualización al valor INFONAVIT para créditos con tipo de descuento Factor de Descuento.

Adecuaciones INFONAVIT:

  • Se actualiza el valor INFONAVIT para créditos con tipo de descuento Factor de Descuento
  • Se ajusta la rutina de cálculos para casos específicos

Mejoras:

  • Validación de la correcta captura de los Salarios Mínimos y UMA vigentes a la fecha
  • Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio/1997 – diciembre/2017.

Por su parte INFONAVIT vía su portal, nos dio a conocer la forma en que los patrones deben realizar los descuentos a sus trabajadores para el caso de créditos otorgados con modalidad de amortización en “factor de descuento en VSM”.

Créditos con factor de descuento en Veces en Salario Mínimo (VSM)


El valor para determinar el monto de la amortización de los créditos de tus trabajadores otorgados en Veces en Salario Mínimo (VSM) es de: 78.43 pesos, conforme al artículo 44 segundo párrafo de la Ley del Infonavit, en el que se establece que el incremento de los créditos en VSM no podrá ser superior al porcentaje en que se incremente la Unidad de Medida y Actualización. 

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Para la determinación de dicho monto, se realizó el comparativo entre el porcentaje en que se incrementó el salario mínimo vigente para 2018, que fue de 3.9, contra el porcentaje que representó la inflación en 2017, que fue de 6.77 puntos porcentuales, dando la cantidad de 78.43 pesos (75.49 x 3.9 % = 2.94 +75.49= 78.43).

Toda vez que las emisiones bimestrales hacen las veces de avisos de retención o de modificación a las amortizaciones de los trabajadores, es conveniente precisar que su aplicación es a partir del día siguiente al mes que corresponda la emisión. Por tanto tenemos que las amortizaciones que realizamos a los trabajadores en el periodo enero/febrero 2018 las hemos realizado de conformidad con lo que conocimos en la emisión del 6to. Bimestre de 2017. Es decir, este nuevo cálculo que nos da a conocer INFONAVIT lo vamos a aplicar a partir del bimestre marzo/abril 2018.

El SUA en su nueva versión se anticipa que para el cálculo del primer bimestre aplicara este nuevo factor, lo que nos deja en el escenario de tener diferencias entre lo retenido por nosotros y lo determinado por el SUA. Ante ello y previendo posibles diferencias con el instituto quizá resulte aconsejable calcular la amortización para cada uno de los trabajadores como lo hará el SUA 3.5.2 y ajustar la retención a los trabajadores, todo como se indica para eliminar a lo futuro notificaciones de diferencias (y el proceso de atención a las mismas) por parte del INFONAVIT.

No olviden la recomendación de siempre, realizar un respaldo de toda la base de datos del SUA antes de llevar a cabo la actualización.

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