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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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ing por salarios y reg intermedio
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El articulo 110 LISR de que regimen se trata? salarios no?
Por otro lado, si las leyes no se hicieran al vapor otra cosa seria...es por eso que se puede prestar a distintas interpretaciones, pero es bueno..asi aprendemos todos...
aprovechando el viaje...que opinas del caso que nos ocupa, estrictamente a lo que pregunta el autor del topico...me gustaria saber tu opinion...
saludos amigo
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- atperez
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En cuanto a la pregunta inicial, considero que no hay problema en acreditar el CAS contra el ISR propio, pues asi lo permite el ultimo parrafo del articulo 115 de la LISR.
Respecto al estimulo, opino que pese a lo que diga la pagina del SAT, la regla en si no impide que apliques el estimulo si eres asalariado y ademas obtienes otros ingresos.
Los requisitos son:
- Tener ingresos por salarios (sin que expresamente se impida, para efectos de aplicar el estimulo, obtener ingresos de otros capitulos)
- Que los ingresos acumulables no rebasen los $300,000.00
- Presentar por cuenta propia la declaracion anual
Si lo que no esta prohibido esta permitido, se puede hacer. ¿Especifican de manera expresa el decreto y/o la regla que no se pueda aplicar el estimulo si ademas de salarios se percibieron otro tipo de ingresos?
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- CPMoreno
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En este caso seria posible presentar compensacion? De CAS entregado a sus trabajadores vs ISR aun cuando sea de ingresos por salarios?
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3.13.4. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 110, primer párrafo y fracción I de la Ley del ISR, que en el ejercicio fiscal de 2007 únicamente hubieran obtenido ingresos acumulables que no excedan de $300,000.00 y que de conformidad con las disposiciones fiscales se encuentren obligados a presentar declaración anual por el citado ejercicio fiscal en el que resulte impuesto a pagar, podrán aplicar el beneficio establecido en el Artículo Noveno del Decreto por el que se exime del pago de contribuciones federales, se condonan recargos de créditos fiscales y se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 23 de abril de 2003.
Desde mi optica sigo solo viendo el articulo 110 corrrespondiente a el capitulo I..estrictamente de salarios...que es lo que marca los 3 primeros renglones de la regla citada....pero creo que el punto importante es lo siguiente...." y que de conformidad con las disposiciones fiscales se encuentren obligados a presentar declaración anual por el citado ejercicio fiscal en el que resulte impuesto a pagar,"........esto es simple continuidad, es decir, la regla le da seguimiento a el capitulo de salarios...no habla de otros capitulos ni de la obtencion del estimulo si genero otros ingresos de distintos capitulos...si asi fuera, pues se mencionaria...pero en fin...cuestion de enfoques.
saludos
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saludos amigo
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- Saúl Castro Vázquez
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No pues esta bien tocayo cuando dices..." opino que pese a lo que diga la pagina del SAT, la regla en si no impide que apliques el estimulo si eres asalariado y ademas obtienes otros ingresos...respeto tu criterio, pero difiero en lo citado...
3.13.4. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 110, primer párrafo y fracción I de la Ley del ISR, que en el ejercicio fiscal de 2007 únicamente hubieran obtenido ingresos acumulables que no excedan de $300,000.00 y que de conformidad con las disposiciones fiscales se encuentren obligados a presentar declaración anual por el citado ejercicio fiscal en el que resulte impuesto a pagar, podrán aplicar el beneficio establecido en el Artículo Noveno del Decreto por el que se exime del pago de contribuciones federales, se condonan recargos de créditos fiscales y se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 23 de abril de 2003.
Desde mi optica sigo solo viendo el articulo 110 corrrespondiente a el capitulo I..estrictamente de salarios...que es lo que marca los 3 primeros renglones de la regla citada....pero creo que el punto importante es lo siguiente...." y que de conformidad con las disposiciones fiscales se encuentren obligados a presentar declaración anual por el citado ejercicio fiscal en el que resulte impuesto a pagar,"........esto es simple continuidad, es decir, la regla le da seguimiento a el capitulo de salarios...no habla de otros capitulos ni de la obtencion del estimulo si genero otros ingresos de distintos capitulos...si asi fuera, pues se mencionaria...pero en fin...cuestion de enfoques.
saludos
HOLA:
Totalmente de acuerdo mi estimado amigo
Claramente especifca el sujeto y que además tenga la obligación de presentar declaración anual(ellos tienen derecho al estímulo de 1,800.00)
3.13.4. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 110, primer párrafo y fracción I de la Ley del ISR, que en el ejercicio fiscal de 2007 únicamente hubieran obtenido ingresos acumulables que no excedan de $300,000.00 y que de conformidad con las disposiciones fiscales se encuentren obligados a presentar declaración anual
Saludos
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