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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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ART 11 IETU SU INTERPRETACION
- CPMoreno
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- Gold Boarder
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LIETU Art. 11 Cuando el monto de las DEDUCCIONES autorizadas por esta ley sea mayor a los ingresos gravados por la misma percibidos en el ejercicio, los contribuyentes tendran derecho a un credito fiscal...
Entiendo por deducciones unicamente las establecidas por el Art. 5 y que los creditos no aplican en este caso.
¿ Que pasara cuando los creditos sean mayores a el IETU causado?
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- bandido
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dejando claro que el tema se refiere a CREDITO FISCAL POR DEDUCCIONES SUPERIORES A INGRESOS art 11 LIETU, ya que los otros acreditamientos sólo lo podrás aplicar en el ejercicio
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- sosgtorreon
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- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
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- CPMoreno
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Como en IETU no existen perdidas, podemos decir que para IETU son perdida, y como ya dijimos que estas no existen, pues entonces podemos concluir que se pierden... lamentablemente.
Como dicen: Palo dado ni Dios lo quita.
A quienes nos salio IETU a pagar al inicio del año y hoy por la situacion economica estamos determinando impuesto a favor (?)ya nos chupo la bruja
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- bandido
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AHH... y también esas empresas que invirtierion mucho en activos fijos...
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- Saúl Castro Vázquez
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HOLA:el verdadero efecto negativo será si determinas mas deducciones que ingresos para IETU, ya que te ocasionará que no puedas efectuar las Acreditaciones,dando el verdadero efecto de NO DEDUCIBLE los ss, así es de que esas empresas que tienen el modus operandus de estarse financiando de bancos las llevarán de perder, ya que esto originará que en este año no paguen IETU... pero para el sig se les incremente su base para IETU muyyyy considerablemente
AHH... y también esas empresas que invirtierion mucho en activos fijos...
PREGUNTA:
Pórque provocara pérdida los FINANCIAMIENTOS BANCARIOS puesto que no son deducible? o son deducibles los FINANCIAMIENTOS en IETU?.
Qué raro.
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