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deduccion de factura
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17 años 8 meses antes #38732
por puma1
Familia y Conocimiento.
Respuesta de puma1 sobre el tema Re: deduccion de factura
Mi estimado fega y amigos foreros, ¿qué opinas de lo siguiente?: Si la PF - empresa contratada Y es del rég. intermedio, claro que puede ejercer la opción establecida en el art. 134 fr. II, cómo tú lo apuntas, para sustituir la obligación contenida en el art. 133, fr. III. A esta PF del rég. intermedio no le importa como le paguen (si le pagan en efectivo o con cheque le da igual). Sólo ella debería cumplir con anotar en el reverso de su comprobante de ingresos los datos estipulados en el art. 134 fr. II.
Por otra parte, la empresa X puede pagar en partes el comprobante que le haya expedido la empresa Y, y si dichos pagos no rebasan de $2,000.00 cada uno, no estaría obligada a expedir un cheque nominativo por cada pago, ya que la fr. III art. 31 de LISR sólo menciona que el pago -sin mencionar un límite en el número de pagos- deberá de ser con cheque si rebasa de $2,000.00.
Veamos la transcripción del:
Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente....
Y abundando con tu ejemplo, si la empresa X paga de la siguiente manera:
Pago 1 En efectivo $1,500.00
Pago 2 Con cheque 1,500.00
Pago 3 Transfer banc 1,500.00
Pago 4 Efectiv 2,400.00 NO SE DEBIO PAGAR EN EFECTIVO
Total del comprobante $6,900.00
¿SERÁ DEDUCIBLE, AUN ASÍ, LA TOTALIDAD DEL GASTO ($6,000.00) Y ACREDITABLE EL IVA ($900.00)?
¿SÓLO SERÁ NO DEDUCIBLE LA PARTE ($2,000.00) QUE SE PAGÓ EN EFECTIVO?
Espero sus opiniones amigos foreros.
Por otra parte, la empresa X puede pagar en partes el comprobante que le haya expedido la empresa Y, y si dichos pagos no rebasan de $2,000.00 cada uno, no estaría obligada a expedir un cheque nominativo por cada pago, ya que la fr. III art. 31 de LISR sólo menciona que el pago -sin mencionar un límite en el número de pagos- deberá de ser con cheque si rebasa de $2,000.00.
Veamos la transcripción del:
Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente....
Y abundando con tu ejemplo, si la empresa X paga de la siguiente manera:
Pago 1 En efectivo $1,500.00
Pago 2 Con cheque 1,500.00
Pago 3 Transfer banc 1,500.00
Pago 4 Efectiv 2,400.00 NO SE DEBIO PAGAR EN EFECTIVO
Total del comprobante $6,900.00
¿SERÁ DEDUCIBLE, AUN ASÍ, LA TOTALIDAD DEL GASTO ($6,000.00) Y ACREDITABLE EL IVA ($900.00)?
¿SÓLO SERÁ NO DEDUCIBLE LA PARTE ($2,000.00) QUE SE PAGÓ EN EFECTIVO?
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- bandido
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17 años 8 meses antes #38733
por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: deduccion de factura
buen tema a tratar, expongo mi punto de vista
yo entiendo que al decir "pagos mayores a 2000" no se refiere parcialidades, sino al total de la factura, puesto que el texto que menciona "documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales " se refiere a lo que se lee en el art 29-A, y no a los recibos simplificados
ahora... la factura en mención es de 6,900, y si sumamos todas las parcialidades ya superamos los 2000 pesos que pone como limitante el art 31 fracc III LISR
ese es mi punto de vista, espero no ofender a nadie con haberme expresado
yo entiendo que al decir "pagos mayores a 2000" no se refiere parcialidades, sino al total de la factura, puesto que el texto que menciona "documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales " se refiere a lo que se lee en el art 29-A, y no a los recibos simplificados
ahora... la factura en mención es de 6,900, y si sumamos todas las parcialidades ya superamos los 2000 pesos que pone como limitante el art 31 fracc III LISR
ese es mi punto de vista, espero no ofender a nadie con haberme expresado
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17 años 8 meses antes #38734
por fega
FEGA
Respuesta de fega sobre el tema Re: deduccion de factura
A mi ver es bueno el topico y esa respuesta que das puma es la que quisiera aplicar pero es bueno esperar mas opiniones
FEGA
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17 años 8 meses antes #38740
por puma1
¡¡ Ah que mi estimado bandido, claro que no ofendes a nadie...!!!
¿O sí? Jajajajaja.
Considero que la fr. III Art. 31 LISR no establece la obligación de pagar en un sólo pago una erogación; dejenme explicarme: no siempre es posible pagar el comprob. (art. 29-A CFF) que ampara una erogación (Art. 31 fr. III) en una sola exhibición, por falta de fondos o por lo que quieran, y no te queda de otra que pagarla poco a poco. Entonces, insisto mi estimado bandido, el art. 31 fr. III sólo establece que todos y cada uno de los pagos que yo haga, si rebasan de $2,000.00, deberán de ser con otro medio de pago distinto al efectivo, sin que necesariamente deba haber una correspondencia biunívoca entre: TOTAL DEL COMPROB $6,900.00 <=====> PAGO $6,900.00.
Concluyendo, si cada pago -entendiendo éste como cada salida de efectivo- no rebasa el límite de $2,000.00, puedo deducir el gasto. Sólo bajo este supuesto, mis preguntas tendrian validez.
Pero
¿Estaré equivocado?
FELIZ NAVIDAD!!!
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Respuesta de puma1 sobre el tema Re: deduccion de factura
Considero que la fr. III Art. 31 LISR no establece la obligación de pagar en un sólo pago una erogación; dejenme explicarme: no siempre es posible pagar el comprob. (art. 29-A CFF) que ampara una erogación (Art. 31 fr. III) en una sola exhibición, por falta de fondos o por lo que quieran, y no te queda de otra que pagarla poco a poco. Entonces, insisto mi estimado bandido, el art. 31 fr. III sólo establece que todos y cada uno de los pagos que yo haga, si rebasan de $2,000.00, deberán de ser con otro medio de pago distinto al efectivo, sin que necesariamente deba haber una correspondencia biunívoca entre: TOTAL DEL COMPROB $6,900.00 <=====> PAGO $6,900.00.
Concluyendo, si cada pago -entendiendo éste como cada salida de efectivo- no rebasa el límite de $2,000.00, puedo deducir el gasto. Sólo bajo este supuesto, mis preguntas tendrian validez.
Pero
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- Edgardo26
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17 años 8 meses antes #38766
por Edgardo26
Respuesta de Edgardo26 sobre el tema Re: deduccion de factura
Que tal compañeros, bueno en mi humilde opinión pienso que lo que plantea puma es correcto, y es que en el art. 31 Fracc. III dice en parte: "... que LOS PAGOS" cuyo monto exceda de $2,000.00 bla, bla, bla... se refiere a cualquier pago, sea en parcialidades o como sea, por que el art. 29 Fracc. VI ultimo parrafo CFF explica ¿que se entiende por pago? (aunque se refiere a este artículo) y dice en parte "...se entiende por pago el acto por virtud del cual el deudor cumple..." y la manera como cumples con tu obligación de pago puede ser por parcialidades o total. asi que si cualquier pago rebasa de 2,000.00 en efectivo es NO DEDUCIBLE. es mi opinión...Saludos
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17 años 8 meses antes #38767
por Edgardo26
Respuesta de Edgardo26 sobre el tema Re: deduccion de factura
Que tal buenas noches, creo que cuando el art. 31 fracc. III LISR habla de "LOS PAGOS" no se refiere unicamente al pago total de la factura, este puede ser en parcialidades, esto es por lo que menciona el art. 29 fracc. VI último parrafo cuando da una explicación breve de lo que se entiende por pago aunque es aplicado a ese mismo artículo, en parte dice: "... se entiende por pago el acto por virtud del cual el deudor cumple..." ojo dice cumple, es decir una forma de cumplir con mi compromiso de pago puede ser en parcialidades. Por lo tanto los pagos en efectivo que excedan de 2,000.00 serían NO DEDUCIBLES, es mi opinión.... SALUDOS
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