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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Presentacion de declaracion anual
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si ya fue presentada su declaracion anual 2007, con la ciec fortalecida o vitaminada... por que la misma autoridad debera de no reconocerla.. ??? como sera esto ??? lo ignoro por completo... y mas, si ya tienes el correo de aceptacion....
posible y necesitas la FIEL, caso muy diferente con el enviado y aceptacion de tu declaracion..
saludos
Haber mi buen..ahi le va..
1-. Si la anual de PM fue presentada con la ciec normal o vitaminada, resulta obvio que no fue presentada con la fiel..jejeje..
2-. Dando seguimiento del inciso anterior es...la PM debera conforme a la regla ya citada por el amigo Abraham ( saludos )..es que " ratifique " ante el sat en los meses de mayo y junio 2009 la FIEL...
3-. ahora con manzanitas...ejjee
II.2.15.1. ……………………………………………………………………..
III. ……………………………………………………………..
Para efectos de los artículos 18 y 31 del CFF, para el envío de la declaración del ejercicio fiscal de 2008 los contribuyentes podrán utilizar la CIEC o CIECF, en lugar de la FIEL vigente, siempre que para ello, durante los meses de mayo y junio de 2009 ratifiquen su firma utilizando la FIEL, de no hacerlo se tendrá por no presentada la declaración del ejercicio fiscal de 2008
pd-. acuerdese que tambien hay que estudiar las Resoluciones miscelaneas, dado que hay algunos que solo las utilizan para soslayarse la cancion del rabino...jejejeje
eso si le mando un fuerte apreton de manos..jejejeje
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- Saúl Castro Vázquez
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mozart escribió:
si ya fue presentada su declaracion anual 2007, con la ciec fortalecida o vitaminada... por que la misma autoridad debera de no reconocerla.. ??? como sera esto ??? lo ignoro por completo... y mas, si ya tienes el correo de aceptacion....
posible y necesitas la FIEL, caso muy diferente con el enviado y aceptacion de tu declaracion..
saludos[/color]
Haber mi buen..ahi le va..
1-. Si la anual de PM fue presentada con la ciec normal o vitaminada, resulta obvio que no fue presentada con la fiel..jejeje..
2-. Dando seguimiento del inciso anterior es...la PM debera conforme a la regla ya citada por el amigo Abraham ( saludos )..es que " ratifique " ante el sat en los meses de mayo y junio 2009 la FIEL...
3-. ahora con manzanitas...ejjee
II.2.15.1. ……………………………………………………………………..
III. ……………………………………………………………..
Para efectos de los artículos 18 y 31 del CFF, para el envío de la declaración del ejercicio fiscal de 2008 los contribuyentes podrán utilizar la CIEC o CIECF, en lugar de la FIEL vigente, siempre que para ello, durante los meses de mayo y junio de 2009 ratifiquen su firma utilizando la FIEL, de no hacerlo se tendrá por no presentada la declaración del ejercicio fiscal de 2008
pd-. acuerdese que tambien hay que estudiar las Resoluciones miscelaneas, dado que hay algunos que solo las utilizan para soslayarse la cancion del rabino...jejejeje
eso si le mando un fuerte apreton de manos..jejejeje[/quote]
HOLA:
Totalmente de acuerdo contigo mi estimado y fino amigo.
Haber si alguien dice que sólo copiamos y pegamos jejejeje.
Saludos
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- ramiro9
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Y es de humanos el errar.
Saludos a todos
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- a_cano
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Ahora si que no entendi, segun yo tenia entendido que a final de cuentas el SAT publico la regla como la transcribio a_cano, osea no es necesario ratificar la fiel, la regla en un principio contemplaba esa ratificacion "antes de su publicacion", pero como realmente se publico se le quito esa "ratificacion".. estoy bien o ando perdido?, aclaro y me apropio de una frase de un amigo, "nunca nadiesabra todo", jejeje ahi mas menos dice eso..
Y es de humanos el errar.
Saludos a todos
Buen día mi estimado:
Efectivamente la modificación de la Regla, es tal como la transcribí, la que transcribió Hugo, era la que esta pendiente de publicación, habiendo quedado en forma definitiva de la siguiente manera:
II.2.15.1. ..............................................................................
III. ....................................................................................
Para el envío de la declaración del ejercicio fiscal de 2008 los contribuyentes podrán utilizar la CIEC o CIECF, en lugar de la FIEL vigente.
La facilidad señalada en el párrafo anterior no aplica para las personas físicas que en los términos de la regla II.2.2.1., primero y quinto párrafos soliciten en su declaración anual devolución de saldo a favor igual o superior a $10,000.00.
CFF 18, 20, 31, RMF 2008 II.2.12.1., (RMF 2007 2.17.1.)
En la siguiente liga, podrán consultar la Quinta modificación de la RMF para 2008:
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servici...ion09/5rmf310309.doc
Saludos
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- atperez
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Yo estoy en el mismo entendido que Ramiro. Cuando lei la resolucion de modificaciones publicada, lo que recuerdo es eso, que no hacia mencion de la ratificacion (que solo estuvo en el anteproyecto).
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Ahora si que no entendi, segun yo tenia entendido que a final de cuentas el SAT publico la regla como la transcribio a_cano, osea no es necesario ratificar la fiel, la regla en un principio contemplaba esa ratificacion "antes de su publicacion", pero como realmente se publico se le quito esa "ratificacion".. estoy bien o ando perdido?, aclaro y me apropio de una frase de un amigo, "nunca nadiesabra todo", jejeje ahi mas menos dice eso..
Y es de humanos el errar.
Saludos a todos
En efecto mi buen Ramiro...actualmente la regla esta publicada como cita Abraham, de hecho lo que tu servidor cita es como estaba antes dicha regla...solo que asi la expuse por dos razones, una..para que leonorildo vea de donde nace la disposicion y otra, para aquellos en donde aun se ratifique o no la fiel...porque al menos aqui en Monterrey si la estan pidiendo que se ratifique , aun y les expongas la RM....pero me he encontrado con algunos estados que si respetan dicha disposicion en la regla ya citada.
saludos
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