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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Opcion de deduccion de gasolina 2009

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17 años 1 mes antes #50692 por jpedro967
Buenas tardes:

Señores del foro, como de todos es sabido a partir de 2009 los
pagos de gasolina en efectivo son no deducibles.

Se trata de un contribuyente Persona Moral, de acuerdo a la Ley sus consumos locales (en la misma ciudad) de gasolina, pues tienen que pagarse por medio de cheque, transferencia electronica, tarjeta de credito, de debito, etc.

Pero este contribuyente por necesidad de su operacion, tiene que recoger mercancia de sus proveedores en otra ciudad, y por tal motivo enviar a un empleado-chofer y su camion, y por tal motivo tiene gastos de viaje (alimentos,hospedaje y transporte (pago de gasolina).

¿Si aplicamos el Art. 35 del RISR, que permite al contribuyente deducir erogaciones a traves de un tercero?

Tal vez, podria deducir todos sus gastos de viaje, si la empresa, expide en cheque nominativo a nombre de su empleado (el tercero), y luego este efectua pagos en efectivo, originados por el viaje, siempre y cuando no rebasen los $ 2,000 pesos y los comprobantes vengan a nombre de su patron (S.A. de C.V.).

AQUI VIENE LA PREGUNTA??

¿PODRIA LA EMPRESA DEDUCIR ESTA GASOLINA PAGADA EN EFECTIVO, puesto que esta cumpliendo con los requisitos del art. 35 del RISR y el art. 31 parrafo III de la LISR?

Espero sus valiosos comentarios al respecto...

Gracias y Saludos

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17 años 1 mes antes #50701 por CPCHARLY
COLEGA PEDRO:

Para mi punto de vista es totalmente deducible dicho consumo de gasolina, ya q dicha operacion estrategica esta totalmente apegada a derecho.

saludos!!:)







P.D. BENDITO ARTICULO 35 DEL REGLAMENTO, TANTOS MILAGRITOS Q PUEDE HACER!!

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17 años 1 mes antes #50709 por CPHugoocejo
asi es Pedro...es factible......mas no aplicaria si no emplea dicho numeral...


saludos

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17 años 1 mes antes #50733 por jpedro967
Buen dia a todos:

Cpcharly y Cphugoocejo, agradezco sus comentarios ya que estos me dan un respaldo para poder aprovechar, en este caso de gastos de viaje, los beneficios practicos del articulo 35 del reglamento del ISR.

De hecho, tal vez seria muy util y conveniente que otros colegas mas o ustedes mismos, pudieran vertir sus opiniones de como poder aprovechar aun mas este art. 35 RISR, es decir aportar mas aplicaciones practicas, ya que como bien finalizo su comentaro el cpcharly, este art. es como si fuese un filon de oro, que nos puede dar muchos beneficios fiscales.

Gracias

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  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
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17 años 1 mes antes #50734 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: Opcion de deduccion de gasolina 2009
HOLA:
Yo les sugiero que primero interpreten bien a que se refiere ese famoso Art 35RLISR, ya que la regla especial que regula la deducción de combustibles está en el SEGUNDO Y CUARTO párrafo de la fracción III del Art.31 LISR.

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17 años 1 mes antes #50751 por frank11
YO INTREPRETO QUE LA APLICACION DEL 35 DE RISR ES PARA TODAS LAS EROGACIONES A TRAVES DE UN TERCERO EXCEPTO CONTRIBUCIONES,VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE Y CONSIDERO QUE IRREMEDIABLEMENTE DEBEN CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS DEL 31 FRACC III DE LISR.

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