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Como te estás preparando para la facturación elect

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15 años 11 meses antes #64732 por Vale_coronado
Buenas tardes por alli me encontre una pregunta de colega que dice lo siguiente:

"Somos un despacho de contadores y tengo una deuda ahora que se hace obligatoria la Factura Electronica, mis clientes "grandes" comprarán el software para poder emitir por sus propios medios la factura electrónica, pero algunos de mis clientes "pequeños" (arrendamiento, honorarios, personas físicas en general) no están dispuestos a efectuar esa inversión y me han solicitado que yo, por cuenta de ellos les emita sus facturas electrónicas. Mi duda es si no caigo en el esquema de tener que obtener autorización del SAT para poder proveer ese servicio, o bien lo puedo hacer dada las pocas facturas que emitirían."

Por alli me surgio la duda tambien ami, pues de hecho la primera vez que abordamos el tema de la facturacion electronica un compañero me planteo lo mismo, y de hecho un cliente tambien me lo pidio, habe si me pueden despejar la duda.

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15 años 11 meses antes #64737 por bandido
si emites CFD a terceros ¡¡¡¡ claro que deberías de tener autorizaciòn ¡¡¡
a exepciòn si compras un software que emita factura electrònica pudiese considerar que el contribuyente es el que la emite, y en ese sentido no tendrìas que tener autorizaciòn


si dices que son clientes "pequeños" puedes sugerirles unas facturas electrònicas que hay en la red que son Gratis

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15 años 11 meses antes #64761 por fernandez
Investigando sobre el tema, me encontre con herramientas muy costosas, otras no tanto y otras gratis, por ejemplo les paso la direccion de un proveedor autorizado por el SAT, y todos sus vervicios son sin costo. Conste no lo he usado aún

misfacturas.net

Saludos

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15 años 11 meses antes #64764 por martinsanchez
HOLA, PARA TUS CLIENTES CON INGRESOS MENORES A 4.000.000 PUEDES HACER COMO ESTOY HACIENDO DISEÑANDO UN SISTEMA PARA FACTURAR CON EL QUE NO NECESITARIAS TENER NINGUNA AUTORIZACION Y TU PUEDES PROPORCIONARLE EL SERVICIO A TUS CLIENTES INSISTO CON INGRESOS MENORES A 4.000.000 AL AÑO YA LOS QUE PSEN DE 4.000.000 TENDRAN QUE CONTRATAR A FUERZA A UN PROVEEDOR

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15 años 11 meses antes #64769 por Vale_coronado
Buenas tardes, son muy buenas las sugerencias de los diferentes software que recomiendan por alli, en especial ese de misfacturas.net, ya me habia metido una vez para checar como guias de como generar sellos y solicitar los folios, tan muy bien explicados, pues han me segudo planteando la duda respecto amis facturas impresas en este año 2010 por ejemplo: Si se mandan hacer facturas en noviembre del presente o se siguen usando los que se tienen que aun no caducan por la vigencia, les tendrá que añadir el famoso dispositivo de seguridad que menciona el SAT que deberá pegarse a cada una de las facturas o recibos que emita una persona que con ingresos menores a 4,000,000 y que otorgará el SAT en su página a quien decida seguir facturando en papel?

Ahora bien, hay muchos que tienes dudas con la facturacion electrionica, hasta una vez me preguntaron si eso que va dudar, pues mas que nada me hicieron teniedo de expendiencia que hace ya unos ayeres, el mismo SAT proporcionaba uno codigos de barras, haber si ustedes los recuerdan.

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15 años 11 meses antes #64776 por editor20
Banbino de Oro, quienes empiezen 2011 teniendo comprobantes en papel los podrán utilizar hasta que se terminen o caduque su vigencia de dos año; quienes deban utilizar papel en 2011 los van a imprimir pero adjuntando el que he bautizado como "GPS fiscal" que en teoría el SAT otorgará gratuítamente, y para los mayores de $4,000,000 en 2010, todavía está esta otra facilidad:

Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos

I.2.23.2.2. Para los efectos del Artículo Décimo, fracción III de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995”, publicado en el DOF del 7 de diciembre de 2009, los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubieren tenido la obligación de presentar dicha declaración, que hayan consignado en la misma para efectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4,000,000.00, así como los contribuyentes que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa, sin importar el monto que amparen, siempre y cuando además de reunir los requisitos precisados en el artículo 29-A del CFF, con excepción de los previstos en las fracciones II y IX del citado precepto legal, cumplan con lo siguiente:

. . . . . .

QUINTO. Para los efectos de la regla I.2.23.2.2., durante los meses de enero a marzo de 2011, los contribuyentes obligados a expedir comprobantes por las actividades que realicen podrán expedirlos en forma impresa, aun y cuando sus ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior hubieran excedido de $4,000,000.00.

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