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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Honorarios pagados por un extranjero

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15 años 9 meses antes #66092 por Miriam17
Hola, buenas noches:

Tengo la siguiente duda, un profesionista trabajara para una empresa extranjera, este será su único cliente, la empresa es canadiense, pero el servicio de ingenieria se realiza en México, y se envia por internet, el pago del servicio de la empresa extranjera será mediante tranferencia bancaria, y ellos piden el comprobante de ingresos, mi duda es la siguiente:

En el comprobante se debe trasladar el IVA? o estaria exento el servicio, o tasa0%, ellos no haran ninguna retención de impuestos.


Gracias

Miriam

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15 años 9 meses antes #66093 por Contadoranonimo
Sugerencia y saludos cordiales para usted, Mirita.

Leer artículo 29 y correlativos de LIVA (aplicable según lo que indica)

Es tasa 0

Hasta luego.

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15 años 9 meses antes #66095 por editor20
Mirita, ya el colega Contadoranónimo te resovió lo que preguntaste, que fue lo del IVA y debido a que aclaras que el extranjero no hará ninguna retención y tranferirá el pago de los servicios electrónicamente, se puede inferir que lo hará desde un banco del exterior y por tanto no tiene establecimiento permanente en México. En tal caso al profesionista le toca enterar por sí mismo el impuesto del 25% aplicado directamente al monto del honorario cobrado.

LEY DEL ISR
Artículo 183.-......
El impuesto se determinará aplicando la tasa del 25% sobre el total del ingreso obtenido, sin deducción alguna, debiendo efectuar la retención del impuesto la persona que haga los pagos si es residente en el país o residente en el extranjero con un establecimiento permanente en México con el que se relacione el servicio. En los demás casos, el contribuyente enterará el impuesto correspondiente mediante declaración que presentará ante las oficinas autorizadas dentro de los quince días siguientes a aquél en el que se obtenga el ingreso.
Los contribuyentes que perciban ingresos de los señalados en este precepto, tendrán la obligación de
expedir recibos por los honorarios obtenidos, mismos que deberán reunir los requisitos que fije el Reglamento de esta Ley.

REGLAMENTO DE ISR
Artículo 253. Los comprobantes a que se refiere el artículo 183 de la Ley, deberán reunir los requisitos mencionados en el Código Fiscal de la Federación, a excepción de la clave del Registro Federal de Contribuyentes. Dichos comprobantes podrán formularse en idioma distinto del español, debiendo proporcionarse traducción autorizada a las autoridades fiscales cuando éstas así lo requieran.

Los comprobantes a que se refiere el párrafo anterior, podrán no cumplir con el requisito de que los datos que deben contener se encuentren impresos, así como el de que dichos comprobantes hayan sido impresos por establecimientos autorizados.
Saludos.

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15 años 9 meses antes #66101 por Miriam17
Muchas gracias Editor y Contadoranonimo...

por fundamentarme, y entiendo que entonces que dentro de los primeros 15 dias, haria el pago por el 25% sind educción alguna...pero en este caso que la persona moral no retendria como presentaria este pago, como un provisional?..y luego ya haria mi calculo normal, y le acreeditaria este pago..

Gracias

Un saludo

Miriam

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15 años 9 meses antes #66109 por contadorg
Editor:

Únicamente hago la observación de que las normas que señalas resultan aplicables para aquellos casos en que el pago lo realiza:

Un residente en México a un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional, o

Un residente en el extranjero con establecimiento permanente en México (establecimiento con el que se relacione el servicio recibido) a un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional.

Mirita:

El profesionista que presta el servicio y obtiene el ingreso, está sujeto a la normatividad que aplica para cualquier tipo de ingresos percibidos en México. No hay tratamiento especial para efectos del ISR, salvo que le realizaran retención en los EUA.

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15 años 9 meses antes #66110 por Miriam17
Gracias Contador g....para ISR ya entendi..entonces solo sería el IVA tasa0%


Gracias

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