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DE PERSONA FISICA A PERSONA MORAL
- CP_ABB
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pero para crear una PM es necesario un minimo de dos socios.
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- mozart
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"sin tener socios puedes hacerlo"?,
pero para crear una PM es necesario un minimo de dos socios.
hola, buena tarde..
pues, entonces.. estamos hablando de diferentes Persona Moral... No lo creo.
si usted, asi lo considera, ¿¿ podra poner su fundamento ??.. gracias.
saludos.
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- Edgardo26
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SIMPLEMENTE LO QUE REQUIERE LA PF ES DAR DE ALTA UNA PERSONA MORAL.
PERO OBVIAMENTE YA NO QUIERE SEGUIR COMO PERSONA FISICA.
MI PREGUNTA TAMBIEN VA RELACIONADA CON QUE SI BASTA SOLO METER LA BAJA COMO PERSONA FISICA E INMEDIATAMENTE DAR DE ALTA A LA PM.
PARA DAR DE ALTA AL PM SE REQUIERE MINIMO 2 SOCIOS.
AHORA. POR FAVOR ME PODRIAN DAR FUNDAMENTO DE QUE PARA CONSTITUIR NECESITAS MINIMO 50,000.00 POR QUE ME PARECIO QUE EN CIERTA OCASION UN COMPAÑERO DIO DE ALTA UNA SA. Y NO SE REQUIRIO DE 50,000.
GRACIAS... UNA VEZ MÁS.
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Hola Edgardo26.
Si solo quieres el dato legal que establece en $50,000.00 el capital social, es el Art. 89 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Si me aceptas una sugerencia, sería que le des una repasada a los artículos que correspondan en dicha ley al tipo de persona moral que quieres crear. Si es una Sociedad Anónima, al menos deberás leer del Art. 87 hasta el 206 y luego del 213 al 221.
Parecen muchos artículos, pero son muy pequeños y muy claros, y te lo digo porque de tus preguntas y planteamientos entiendo que no has leído esto que te sugiero, pues la indicación de que se necesitan 2 socios está establecido en el mismo artículo 89 que más arriba cito en la fracción I y lo del monto del capital mínimo está en la fracción II. Si lo hubieras leído te habrías encontrado esto de inmediato.
Por lo que se refiere al comentario que te hace Mozart, me parece que se refiere a la reciente creación de una nueva forma de "sociedad" que crearon nuestros ilustrados diputados, mismos que indican que se puede tener una sociedad de una sola persona, desvirtuando con ello el uso de la lógica y la semántica. En fin, que le están dando "vida" con la intención de que mediante esa nueva y rara figura, se pueda limitar la responsabilidad del propietario a lo aportado a la empresa. Cuando hablamos de persona física, sus obligaciones se cubrirán con todos sus bienes, estén o no afectos a la empresa. Con la nueva "sociedad sin socios", si el negocio no tiene con que responder por sus obligaciones, el resto del patrimonio de la persona física no se verá afectado, solo la parte establecida como capital en la "sociedad sin socios"
Si esta aportación no es lo clara que quisiera yo, le aseguro que si plantea que parte queda en duda, le atenderemos lo mejor que podamos hasta resolver lo mejor posible su duda.
Hasta luego.
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A mi ver pueden coexistir la persona moral y la fisica un tiempo breve, el necesario para no aportar si no enajenar la persona fisica a la persona moral sus activos, trasladar inventarios y otros menesteres que nunca faltan.
Esto de aportacion igual a enajenacion muchos suelen pasarlo por alto, una enajenacion puede generar ISR, IETU, IVA, debes considerar que los activos fijos que se pretenden aportar forman parte de una actividad empresarial, y que pueda ser que exista un historial de perdidas fiscales, creditos fiscales, saldos a favor que te ayuden a mitigar el impacto. Todo en obvio de razones es especulacion, ya que los elementos de juicio solo los conoce el contribuyente (tu, en este caso).
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posible fui muy apresurado, esto por cuestiones como siempre de tiempo
en lo particular, deberas de razonar el comentario del contador contadoranomino ( saludos ).. el cual mas va pegado a la realidad..
saludos
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