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Pagare o no IETU?

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15 años 1 mes antes #73518 por tadiza
Respuesta de tadiza sobre el tema Re: Pagare o no IETU?
kikeleal escribió:

buenas tardes amigos:

esto lo vi en un curso a que asisti.

ley de IETU:

Artículo 4. No se pagará el impuesto empresarial a tasa única por los siguientes ingresos:
.....
VII. Los percibidos por personas físicas cuando en forma accidental realicen alguna de las
actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley.
Para estos efectos, se considera que las
actividades se realizan en forma accidental cuando la persona física no perciba ingresos
gravados en los términos de los Capítulos II o III del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la
Renta.
Tratándose de la enajenación de bienes que realicen los contribuyentes que perciban
ingresos gravados en los términos de los citados capítulos, se considera que la actividad se
realiza en forma accidental cuando se trate de bienes que no hubieran sido deducidos para los
efectos del impuesto empresarial a tasa única.[
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Me parece muy interesante la manera en que se ha abordado este tema y sin embargo en ningún lugar menciona deducciones sino se refiere a los INGRESOS PERCIBIDOS POR PERSONAS FISICAS EN FORMA ACCIDENTAL; en mi opinión particular el artículo en este parrafo se refiere no a las deducciones propias de la persona que esta efectuando los calculos sino a las deducciones de quien esté comprando; es decir, que lo que yo vendo mi cliente no lo deduzca para efectos de IETU; así mis ingresos serían por actos accidentales por lo que no se considerarían para IETU.


Saludos y espero que mi aportación sea de utilidad.


\\\"\\\"No me arrepiento de mis actos por que entonces tendria que arrepentirme de lo que soy\\\"\\\"

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